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Tarjeta verde (Green Card) a través del estatus de refugiado o asilado

Tarjeta verde (Green Card) a través del estatus de refugiado o asilado

Si usted fue admitido en los Estados Unidos como refugiado o asilado, o familiar de un refugiado o asilado, usted es elegible para solicitar la residencia permanente (green card) 1 año después de haber entrado en los Estados Unidos bajo este estatus. 

Si se le concedió asilo en los Estados Unidos, usted puede solicitar la residencia permanente al año de la concesión de su estatus de asilado.

Como refugiado, usted tiene que solicitar, residencia permanente al año de haber sido admitido en los Estados Unidos con el estatus de refugiado. 

Para más información acerca de cómo los refugiados, asilados, y sus familiares pueden solicitar la residencia permanente seleccione los siguientes enlaces que aparecen en la parte izquierda de la página: 

  • Tarjeta verde para un refugiado
    Explica los criterios de elegibilidad y la tramitación de la solicitud de los refugiados que solicitan la residencia permanente (la Tarjeta verde)
  • Tarjeta verde para un asilado
    Explica los criterios de elegibilidad y la tramitación de la solicitud de los asilados y sus familiares que solicitan la residencia permanente (la Tarjeta verde).

Para más información acerca de cómo solicitar el estatus de refugiado o asilado, seleccione el enlace “Humanitario” que aparece en la parte derecha de la página.