PARA SU DIFUSIÓN : 1 de abril de 2005

Dos Compañías Que Estaban Comercializando Engañosamente Sistemas De Computación A La Comunidad Hispana Resuelven Los Cargos De La FTC Bajo Un Acuerdo Judicial

Fondos compensatorios por $545,000 disponibles para los consumidores

La Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission, FTC) ha aceptado dos acuerdos judiciales estipulados separadamente contra dos compañías, que según alega la FTC, engañaron a los consumidores de habla hispana que respondieron a sus anuncios publicitarios en los cuales ofrecían sistemas de computación a bajo costo. Se llegaron a estos acuerdos judiciales con Unicyber Technology, Inc., con base en California y con Latin Shopping Network, con base en Florida. En ambos casos, la FTC alegó que los demandados llevaron a cabo prácticas comerciales engañosas que violan las leyes federales. Los anuncios de la parte demandada Unicyber atrajeron a los consumidores mediante sus ofrecimientos de financiación garantizada sin verificación previa de crédito. En los anuncios de Latin Shopping Network se ofrecieron computadoras a cambio de dinero en efectivo. Los acuerdos estipulan una prohibición para los demandados de tergiversar cualquier hecho material que afecte la decisión de un consumidor de comprar o aceptar computadoras o cualquier otro bien o servicio. El acuerdo judicial con la firma Unicyber requiere que la parte demandada pague $100,000 en concepto de compensación para los consumidores afectados, monto que será sumado a los $400,000 ya obtenidos de los demandados corporativos. Los demandados de Latin Shopping Network deben pagar $45,000 en concepto de reparación de agravios.

Estos casos forman parte de la Iniciativa de Cumplimiento de Ley y Educación para comunidad Hispana de la Comisión Federal de Comercio – una amplia campaña iniciada a principio del año 2003 que tiene como fin identificar y detener el fraude dirigido contra consumidores hispanohablantes de los EE.UU. Esta campaña de aplicación continua comprende: 1) monitoreo activo de los medios de comunicación en idioma español y de las quejas recibidas en dicho idioma; 2) acciones enérgicas de cumplimiento de la ley contra los comerciantes que defrauden a los consumidores de habla hispana y 3) esfuerzos educativos de gran alcance dirigidos a los consumidores hispanohablantes para prevenir el fraude y alentar un mayor nivel de denuncia del fraude contra los consumidores.

Unicyber Technology, Inc .

En el mes de marzo de 2004, la FTC presentó cargos contra Unicyber Technology, Inc., Unicyber Gilboard, Inc., Uri Technology, Inc., Uri Communications, Inc. y Chul K. Han, alegando que los demandados ofrecían engañosamente un sistema completo de computación a consumidores hispanohablantes a cambio del pago de tres cuotas de $199. De acuerdo a lo que alega la Comisión, en vez de entregar la computadora completa al momento de recibir el primer pago, los demandados solamente entregaron teclados y otras partes del sistema que resultaban inservibles sin la computadora propiamente dicha. Presuntamente, recién entonces los consumidores se enteraron de que no recibirían el sistema de computación completo hasta tanto enviaran más dinero. Asimismo, en la demanda se establece que aquellos consumidores que hicieron los pagos terminaron recibiendo computadoras que, en caso de funcionar, no lo hacían correctamente.

La sentencia definitiva y la orden estipuladas que se anuncian en el día de hoy son para el demandado Chul K. Han. La orden requiere que Han pague $100,000 en concepto de compensación para los consumidores afectados y le prohíbe de manera permanente efectuar tergiversaciones relacionadas a la publicidad o venta de equipamiento de computación o algún otro bien o servicio. La orden también le prohíbe a Han incumplir con el requerimiento de revelar los hechos materiales relacionados con la venta de equipamiento de computación, incluyendo que la computadora pueda ser recuperada, reconstruida o estar dañada. La orden incluye una cláusula acumulativa en suspenso (avalanche clause) por un monto de $4.6 millones – correspondiente al monto calculado en concepto de perjuicio a los consumidores – la cual entrará en efecto y será pagadera en caso de que se descubra que el demandado Han falseó su estado financiero. Por último, el acuerdo contiene varios requerimientos de mantenimiento de registros para ayudar a la FTC a monitorear el cumplimiento de los t érminos del acuerdo . Además del acuerdo judicial anunciado en el día de hoy, la FTC ha obtenido sentencias en incomparecencia contra los cuatro demandados corporativos, y el administrador designado preservó un monto de aproximadamente $400,000 de los demandados corporativos para utilizarlos como compensación para consumidores.

La sentencia definitiva y orden estipuladas propuestas fueron expedidas por la Corte Federal de Distrito, Distrito Central de California, División Oeste, en fecha 31 de marzo de 2005. La FTC ha establecido una línea telefónica para preguntas de los consumidores en el caso de Unicyber. Consumidores pueden llamar al 1-866-535-1626 para mas información.

Latin Shopping Network

La FTC presentó una demanda y una propuesta de sentencia definitiva y orden estipuladas contra la compañía Crediamerica Group, Inc., bajo nombre comercial Latin Shopping Network, America Communications Group, Inc. y su propietario Felipe Taveras. Estos demandados también publicitaron sistemas de computación para consumidores hispanos a través de canales de televisión en idioma español de difusión nacional. Mediante los anuncios comerciales de los demandados se les prometió a los consumidores la oportunidad de comprar un sistema completo de computación por un precio de entre $500 y $1000. A los consumidores se les dijo que el sistema de computación les sería entregado dentro de un plazo de entre 15 y 30 días. De acuerdo a lo que alega la FTC, fueron muchos los consumidores que nunca recibieron sus computadoras; muchos otros recibieron productos incompletos o defectuosos; otros no recibieron ni computadoras ni reintegros aún cuando se comunicaron en reiteradas oportunidades con los demandados. La FTC alega que los demandados violaron la Ley de la FTC (FTC Act) declarando falsamente que los consumidores recibirían un sistema completo de computación, o algún tipo de equipo de computación u otro producto o servicio pagando el precio de compra anunciado y tergiversando cada uno de los aspectos materiales del funcionamiento, eficacia, naturaleza, precio o características centrales del producto o servicio ofrecido a la venta.

Además, en la demanda se alega que los demandados violaron las disposiciones de la Regla de Ordenes de Compra por Correo (Mail Order Rule) de las siguientes maneras:

  • incumpliendo el requisito de poseer una base razonable para prever que podrían entregar los sistemas de computación dentro de los plazos prometidos, o dentro de plazo alguno;

  • incumpliendo el requisito de entregar a los consumidores avisos o notificaciones de opción permitiéndoles cancelar las órdenes de compra en caso de demora; y

  • incumpliendo el requisito de emitir reintegros dentro de los plazos establecidos.

La sentencia definitiva y orden estipuladas propuestas les prohíbe a los demandados representar falsamente que los consumidores recibirán un sistema completo de computación, o algún tipo de equipo de computación u otro producto o servicio pagando el precio de compra anunciado y tergiversando cada uno de los aspectos materiales del funcionamiento, eficacia, naturaleza, precio o características centrales del producto o servicio. Adicionalmente, la orden les prohíbe a los demandados: 1) tomar órdenes de compra de bienes sin contar con una base razonable para creer que es posible despachar los bienes dentro del período de tiempo establecido en el ofrecimiento de venta o, en caso de que no se establezca un plazo, dentro de los 30 días; 2) incumplir con el requisito de entregarles a los consumidores la opción de aceptar una demora o cancelar la orden de pedido en caso de que los demandados no puedan despachar el bien dentro del plazo de tiempo prometido y 3) no considerar la cancelación de una orden de pedido y hacer un reintegro inmediato. Basado en la capacidad de pago de los demandados, la orden les requiere el pago de aproximadamente $47,000 en concepto de compensación para consumidores. La orden incluye una cláusula acumulativa en suspenso (avalanche clause) por $2.9 millones, la cual entrará en efecto y será pagadera inmediatamente en caso de que se descubra que los demandados falsearon su estado financiero. Por último, el acuerdo contiene varios requerimientos de mantenimiento de registros para ayudar a la FTC a monitorear el cumplimiento de los términos del acuerdo.

La demanda y la sentencia definitiva y orden estipuladas propuestas fueron expedidas por la Corte Federal de Distrito, Distrito Sur de Florida y firmadas por el juez en fecha 24 de febrero de 2005.

NOTA: Estas sentencias definitivas y órdenes estipuladas se expiden únicamente a fines de un acuerdo y no constituyen una admisión de la violación efectiva de la ley por parte de los demandados. Las sentencias definitivas y órdenes estipuladas adquieren fuerza de ley cuando son firmadas por el juez.

Se puede acceder a las copias de los documentos legales presentados en cada caso a través del sitio Web de la FTC:http://www.ftc.gov y también solicitándolas a: Consumer Response Center, Room 130, 600 Pennsylvania Avenue, N.W., Washington, D.C. 20580. La FTC trabaja en favor del consumidor para la prevención de prácticas comerciales fraudulentas, engañosas y desleales y para proveer información de utilidad al consumidor con el objetivo de identificar, detener y evitar dichas prácticas. Para presentar una queja o para obtener información gratuita sobre temas de interés del consumidor visite ftc.gov/espanol o llame sin cargo al 1-877-FTC-HELP (1-877-382-4357); TTY: 1-866-653-4261. La FTC ingresa todas las quejas relacionadas a fraudes de Internet y sistema de telemercadeo, robo de identidad y otras quejas sobre prácticas fraudulentas a una base de datos segura llamada Centinela del Consumidor (Consumer Sentinel) que se encuentra a disposición de cientos de agencias de cumplimiento de las leyes civiles y penales en los Estados Unidos y en el extranjero.

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Jennifer Brennan or Kenneth Abbe
FTC’s Western Region - Los Angeles
310-824-4343
(Unicyber Technology)

Andrea Foster or Harold Kirtz
FTC’s Southeast Region - Atlanta
404-656-1357
(Latin Shopping Network)


(Unicyber Technology – FTC Matter No. X040032; Civil Action No. CV-04-1569 LGB (MANx)
(Latin Shopping Network – FTC File No. 032-03242; Civil Action No. 05-20504-CIV-Martinez)


Last Modified: Friday, June 24, 2011