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Vacunación en escuelas contra la influenza (SLV): información para los encargados de la planificación

 

Propósito

Brindar información para la planificación y conducción de clínicas de vacunación en las escuelas contra la influenza.

Público objetivo

Principalmente el personal de inmunización y preparación de salud pública local y estatal responsables de llevar a cabo la vacunación contra la influenza, pero también los funcionarios de educación, las enfermeras escolares y otras personas interesadas en planificar y llevar a cabo tales actividades.

Glosario

  • ACIP: Comité Asesor sobre Prácticas de Inmunización
  • CCV: Centros de vacunación en ámbitos comerciales y comunitarios
  • CDC: Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades
  • CFR: Código de Normas Federales
  • CRA: Administración de Respuestas y Contramedidas
  • EMAC: Pacto de Asistencia para el Manejo de Emergencia
  • FDA: Administración de Alimentos y Medicamentos
  • FERPA: Ley de Privacidad y Derechos Educacionales de la Familia
  • HIPAA: Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico
  • IIS: Sistema de información sobre inmunizaciones
  • LAIV: Vacuna contra la influenza atenuada en virus vivos
  • MSF: Empresa de servicios médicos
  • NACCHO: Asociación Nacional de Funcionarios de Salud de los Condados y las Ciudades
  • NEMA: Asociación Nacional para el Manejo de Emergencias
  • Ley PREP.: Ley de Planificación de Emergencias y Preparación del Público
  • RBC: Clínicas en establecimientos minoristas
  • SLV: Vacunación en escuelas
  • TIV: Vacuna inactiva trivalente contra la influenza
  • UCC: Clínica de atención de urgencias
  • VAERS: Sistema para Reportar Reacciones Adversas a las Vacunas
  • VHP: Profesionales de la Salud Voluntarios
  • VIS: Declaración de información sobre la vacuna
  • VPA: Ley de Protección para Voluntarios

Definición

Vacunación en escuelas (SLV):

La vacuna que:

  • Se administra en el ámbito de la escuela
  • Tiene como objetivo a los alumnos inscritos y posiblemente otros
  • Se aplica antes, durante, y/o después de los horarios de la escuela
  • Generalmente requiere la colaboración de los departamentos de salud pública y las escuelas públicas y privadas/distritos escolares

Antecedentes

Las recomendaciones para vacunarse contra la influenza se han ampliado de manera gradual en la última década. Desde 2008 se recomienda que los niños en edad escolar se vacunen. En 2010, el Comité Asesor sobre Prácticas de Inmunización (ACIP) recomendó que todas las personas mayores de 6 meses se vacunaran contra la influenza.

Los proveedores privados (como los pediatras) son los principales encargados de la vacunación de elección entre los niños en edad escolar. No obstante, los niños de este grupo etario no acceden con frecuencia a la asistencia médica para cuidados preventivos no intensivos y, ya que es esencial vacunar a la mayor cantidad de niños en un período corto de tiempo durante la temporada de vacunación contra la influenza, otros sitios de vacunación también pueden considerarse (Rand, 2008; Rand, 2007). La SLV ha sido ampliamente debatida y considerada una opción potencialmente viable para vacunar a muchos niños en edad escolar contra la influenza en un período corto de tiempo.

Implementar clínicas de SLV contra la influenza implica ciertos beneficios:

  • Hay gran cantidad de niños en las escuelas
  • Las escuelas están ubicadas adecuadamente en todas las comunidades
  • Las comunidades generalmente están familiarizadas con las escuelas y confían en ellas
  • Las instalaciones de las escuelas generalmente tienen capacidad para las clínicas de vacunación masivas (ej. gimnasios y auditorios disponibles, estacionamientos amplios en algunos lugares)
  • Las enfermeras escolares, si las hubiere, pueden estar disponibles para ayudar con las actividades de vacunación y pueden familiarizarse con la salud de los alumnos
  • El personal de las escuelas tiene acceso a la información de contacto de los padres, lo cual facilita la comunicación (ej. anunciar las fechas de las clínicas, obtener consentimiento de los padres para recibir la vacunación)
  • Otras personas con prioridad para recibir la vacuna además de los alumnos inscritos pueden vacunarse en estos eventos

Implementar clínicas de SLV contra la influenza implica potenciales desafíos:

  • Conseguir financiación o una fuente de reembolso para pagar al personal, comprar vacunas y suministros, además de otras necesidades, suele ser desafiante
  • Puede ser difícil encontrar el personal adecuado para preparar y llevar a cabo la clínica
  • Las Clínicas podrían interrumpir las actividades educacionales
  • Las actividades de inmunización pueden adaptarse a cada escuela o distrito escolar, y complicar así los esfuerzos de planificación
  • El transporte y la manipulación de la vacuna a muchos y diversos lugares requieren de una considerable planificación, equipo y capacitación
  • La fecha de disponibilidad de la vacuna contra la influenza varía todos los años, lo cual complica los esfuerzos de planificación.

Muchas escuelas y departamentos de salud pública han implementado clínicas de SLV en el pasado, para la vacuna contra la influenza y otras vacunas, pero otras escuelas y departamentos aún no lo han hecho. La información que se muestra a continuación, así como los enlaces de guía desarrollados por otros grupos (ej. el kit de inmunización contra la influenza en escuelas por la Asociación Nacional de Funcionarios de Salud de los Condados y las Ciudades [NACCHO]), ha sido diseñado principalmente para ayudar a los departamentos de salud pública inexpertos pero interesados, escuelas/distritos escolares y otros a implementar clínicas de SLV contra la influenza de manera exitosa.

La siguiente información, en su mayor parte, presupone que el departamento de salud pública será quien dirija la iniciativa de la SLV contra la influenza. La información proporcionada se centra en las clínicas que funcionan en horario escolar sin la presencia de los padres debido a la cantidad de desafíos diferentes que se asocian con esa situación. Para los encargados de la planificación que consideran la escuela como un centro potencial de vacunación, principalmente para quienes no son estudiantes, se publican pautas generales para establecer clínicas de vacunación a gran escala en el sitio web de los CDC sobre la influenza.

Guías de vacunación

Se deben seguir las recomendaciones sobre la vacunación contra la influenza más recientes al implementar clínicas de SLV contra la influenza. El ACIP de los CDC ofrece recomendaciones anuales para la prevención y el control de la influenza con la vacunación..

Planificación de la clínica de vacunación

Además de la información proporcionada a continuación acerca de la planificación de las clínicas de la SLV, consulte las pautas más generales para establecer clínicas de vacunación a gran escala publicadas en el sitio web de los CDC sobre influenza.

Vacunas

Hay dos tipos de vacunas contra la influenza, la fórmula inactiva inyectable [82 KB, 2 páginas] y la fórmula viva atenuada intranasal [477 KB, 2 páginas]. La vacuna inyectable contra la influenza es una vacuna inactiva que se administra con una aguja, por lo general en el brazo, y está aprobada para usar en personas con enfermedades crónicas. El atomizador nasal es una vacuna atenuada en virus vivos que se rocía dentro de las fosas nasales. No se recomienda el uso de esta vacuna para todas las personas y no debe administrarse en individuos con ciertas enfermedades crónicas. Los organizadores de clínicas de SLV deben determinar si ofrecerán sólo uno de estos tipos de vacuna contra la influenza, o los dos. Además, algunos niños menores de nueve años podrían necesitar dos vacunas contra la influenza este año. Los organizadores de clínicas de SLV deberán determinar si ofrecerán a estos niños la segunda dosis de la vacuna contra la influenza.

Calendario

Desarrollar un cronograma para implementar una clínica de SLV permitirá que el programa se lleve a cabo de una manera más organizada y eficiente. Cada programa de SLV es único y cuenta con diferentes recursos disponibles que pueden modificar el tiempo de organización de algunos eventos. Puede encontrar cronogramas de muestra en el kit de inmunización contra la influenza en escuelas por la Asociación Nacional de Funcionarios de Salud de los Condados y las Ciudades [NACCHO]. También se ofrece un cronograma de muestra general a continuación.

Finalización del año escolar anterior (abril/mayo/junio)

  • Contactar a los directores y distritos escolares para sumar su apoyo
  • Identificar posibles fechas de las clínicas
  • Contactar a otros posibles socios

Verano (junio/julio/agosto)

  • Desarrollar materiales (formularios de consentimiento, cartas y otros documentos) para padres/tutores
  • Desarrollar material de capacitación para encargados de la vacunación y personal de las escuelas
  • Comenzar a coordinar el personal de la clínica

Comienzo del año escolar (agosto/septiembre/octubre)

  • Programar las clínicas
  • Distribuir materiales a padres/tutores y niños
  • Instruir al personal de la escuela
  • Comprar suministros para las clínicas

Operaciones de las clínicas (octubre/noviembre/diciembre)

  • Revisar los formularios de consentimiento y determinar la elegibilidad de los estudiantes
  • Informar sobre cualquier evento adverso

Etapa posterior a las clínicas (diciembre, enero, febrero)

  • Ingresar la información de las vacunas en el registro de inmunización
  • Contactar a los proveedores de servicios de salud primaria de los niños
  • Preparar los informes necesarios
  • Enviar cartas de agradecimiento a los voluntarios

Liderazgo/Iniciación de la SLV contra la influenza

El primer paso en la planificación de las clínicas de la SLV es formar asociaciones entre el departamento de salud pública y las agencias de educación, así como también cualquier otra(s) organización(es) que pudieren colaborar en las clínicas de la SLV. El departamento de salud pública tradicionalmente ha dirigido la iniciativa de la SLV; sin embargo, una escuela/distrito escolar o una organización privada (ej. un centro de vacunación en ámbitos comerciales y comunitarios) también puede asumir la responsabilidad principal. Independientemente de quién dirija o comience la iniciativa de la SLV, estas asociaciones de salud pública son primordiales. Quienes están a cargo de la planificación pueden elegir o se les puede requerir establecer un memorándum de entendimiento o un documento similar, que identifique los roles y las responsabilidades de las partes (ej. quienes serán los contactos principales de la salud pública y la escuela/distrito escolar, que será responsable de recoger los formularios de consentimiento para padres y comunicarse con los padres/tutores).

Si el Departamento de Salud Pública lanza el programa de la SLV, el primer paso debería ser comunicarse con los superintendentes de los distritos escolares; sin embargo, también es importante que se formen asociaciones con la junta escolar y se realicen intercambios con y se gane el apoyo de los directores de escuela, que, en definitiva, son quienes supervisan todas las actividades que se realizan dentro de la escuela. El hecho de que los directores de escuela apoyen a las clínicas de SLV puede facilitar la implementación del programa y aumentar la colaboración de los alumnos (Wilson, 2001). Se deberá aplicar el orden inverso de la comunicación, ya que los directores tienen autoridad para tomar decisiones acerca de la conducción/participación en las clínicas de SLV en forma autónoma. Se recomienda contactar a los directores al aproximarse la finalización del año escolar antes de comenzar el año de la clínica de SLV. De no ser esto posible, se debe contactar a los directores e informarles sobre la implementación de una clínica de SLV en su escuela tan pronto como sea posible durante el proceso de planificación. Se proporciona un modelo de carta para los directores de escuelas [32 KB, 1 página].

Población(es) identificada(s) para recibir la vacunación

Los encargados de la planificación deberán identificar qué población(es) tendrá(n) la oportunidad de recibir la vacuna. La información en este documento se centra en la vacunación de alumnos inscritos. Aunque la mayoría de los alumnos inscritos son de edad escolar (5-18 años), los encargados de la planificación deberán tener en cuenta que algunas escuelas incluyen alumnos mayores de 18 o menores de 5 años.

También pueden incluir a las siguientes poblaciones, por ejemplo:

  • Alumnos que asisten a escuelas cercanas, que no es la escuela en donde se lleva a cabo la clínica de la SLV
  • Niños que reciben educación en sus hogares y/o niños en edad escolar que no están inscritos en las escuelas por otras razones
  • Personal de la escuela
  • Hermanos de los alumnos y otros miembros de la familia
  • Otros miembros de la comunidad

Muchos factores afectarán la decisión de incluir a personas que no son alumnos de la escuela en donde se lleva a cabo la clínica de la SLV, incluso la provisión de vacunas o qué poblaciones serán las más beneficiadas de acuerdo con la epidemiología local contra la influenza.

Cuándo llevar a cabo la clínica de la SLV

Los encargados de la planificación también deberán decidir si llevarán a cabo las clínicas de la SLV antes, durante, y/o después de los horarios de la escuela. A continuación, le presentamos algunos de los beneficios y desafíos para considerar al momento de tomar decisiones sobre cuándo llevar a cabo las clínicas de la SLV.

La SLV durante los horarios de la escuela

Beneficios
  • Los padres/tutores no necesitan tiempo extra fuera de sus trabajos porque sus hijos pueden ser vacunados sin que ellos estén presentes.
  • Hay gran cantidad de niños.
  • De manera adecuada, las vacunas pueden proporcionarse al personal de la escuela, si correspondiera.
  • Puesto que el consentimiento de los padres se obtiene antes de la clínica, hay un cierto tiempo de espera durante el cual se realiza una planificación para lograr el personal, la vacuna y los suministros médicos adecuados.
Desafíos
  • Debe obtenerse con antelación el consentimiento de los padres para vacunar a los niños; se requerirá coordinación para enviar los formularios de consentimiento a los padres/tutores y se otorgará tiempo para devolver los formularios a las autoridades escolares.
  • Algunos padres/tutores pueden no otorgar su consentimiento para vacunar a sus hijos sin su presencia (pero los padres/tutores que ingresan a la escuela durante la clínica de SLV podrían causar un problema a nivel logístico).
  • La interrupción en el dictado de clases podría ser inaceptable para padres, alumnos y autoridades de la escuela

La SLV antes/después de los horarios de la escuela

Beneficios
  • El consentimiento de los padres para vacunar a los niños puede obtenerse en el momento en que se realiza la vacunación, para evitar las complicaciones de enviar formularios de consentimiento a los padres/tutores y recibirlos nuevamente de ellos.
  • Las clínicas podrían llevarse a cabo en una o varias escuelas centralizadas, en vez de realizarse en cada escuela, lo cual podría ser más económico y más factible para los encargados de la planificación y aquellos que dirigen la clínica.
  • Las personas, que no son niños en edad escolar, podrían ser vacunadas si lo desean, correspondiere, y fuera logísticamente factible.
Desafíos
  • Extender los horarios de las escuelas puede requerir de horas extras para los encargados de la vacunación y el personal de la escuela, e incurrir en gastos adicionales.
  • Puede ser más difícil para los padres/tutores traer a sus hijos a las clínicas cuando se realizan por las noches o los fines de semana.

Además, más allá de si la clínica de SLV contra la influenza se lleva a cabo antes, durante o después del horario escolar, las autoridades de la escuela pueden recurrir a los representantes sindicales locales para consultar si el hecho de concretar dicha clínica impactará en los derechos del personal según el acuerdo colectivo de negociación.

Planificación del personal adecuado

La implementación de las clínicas de SLV puede requerir de personal con capacidad que exceda a la del departamento de salud pública local (hay disponibles varias herramientas en el sitio web de los CDC para la planificación del personal adecuado). Debido a esto, los encargados de la planificación deberán considerar el reclutamiento de personal adicional, tanto médico como no médico.

En los posibles roles y obligaciones del personal adicional de salud privada se podría incluir lo siguiente (Nota: los asuntos de responsabilidad/licencias se tratan a continuación en "Asuntos legales”):

Personal del departamento de salud privada no médico

  • Recolecta y distribuye la información sobre la vacuna, los formularios de consentimiento, y otros materiales
  • Se comunica con los padres/tutores (ej. para instar a que se devuelvan los formularios de consentimiento en caso de que éstos se requieran antes del día de la clínica)
  • Asiste en la promoción de las clínicas (ej. colocando afiches, publicando información en el sitio web de la escuela, comunicándose con el periódico/la televisión/la radio local)
  • Asiste con el flujo de la clínica y acompaña a los alumnos hacia y desde el lugar de vacunación
  • Verifica la identidad de cada niño a vacunar para asegurarse que los padres han otorgado consentimiento
  • Asiste con el transporte de las vacunas y otros materiales hacia y desde los lugares donde se llevan a cabo las clínicas
  • Brinda seguridad
  • Hace un seguimiento de la información de la vacuna y la ingresa en los registros de inmunización u otras bases de datos.

Personal médico del departamento de salud privada, de acuerdo a la licencia y capacitación:

  • Prepara y/o administra vacunas
  • Asegura que se cumpla la elegibilidad de los exámenes médicos para recibir la vacunación
  • Evalúa si los niños que se presentan a la clínica de vacunación están enfermos

Posibles recursos para el personal del Departamento de Salud Privada e ideas de reclutamiento


Personal de la escuela

El personal de la escuela, en el que se incluye a las enfermeras escolares, maestros, asistentes de maestros, personal de seguridad y mantenimiento, y otro personal, puede contribuir enormemente al éxito de la clínica de SLV. Estos miembros del personal están familiarizados con los alumnos, las instalaciones y la estructura administrativa de la escuela. Las enfermeras escolares y los maestros pueden conocer las personalidades de los alumnos, sus condiciones preexistentes, y sus padres/tutores. Las enfermeras escolares, que están presentes en muchas pero no en todas las escuelas primarias y secundarias de los EE. UU., pueden desempeñar un rol fundamental en las clínicas de SLV al responder preguntas de los padres y educadores acerca de la influenza, el procedimiento de consentimiento y la clínica de SLV. Las enfermeras escolares también pueden actuar como enlace entre el departamento de salud pública y la comunidad escolar.

Aunque las enfermeras escolares y cualquier otro personal están probablemente dispuestos a brindar asistencia, las prioridades competitivas y otras responsabilidades pueden servir para limitar su participación. Los roles, las responsabilidades y el grado al cual el personal de la escuela está involucrado en la clínica de la SLV variarán de una escuela a otra y deberán determinarse y definirse a través de los socios antes de la realización de la clínica. En muchos casos, los administradores de las escuelas pueden determinar los roles que el personal adoptará. Se recomienda a las autoridades escolares revisar los acuerdos colectivos de negociación (CBAs) con el personal de la escuela antes de tomar decisiones acerca de la manera en cómo se utilizará el personal.

Para cada escuela que participa, debe identificarse un enlace o un punto de contacto a través del cual se comunicará la planificación. Identificar el rol de una persona es de gran importancia para la exitosa implementación de los programas de la SLV (ver: kit de inmunización contra la influenza en escuelas por la Asociación Nacional de Funcionarios de Salud de los Condados y las Ciudades [NACCHO]). Independientemente del grado de participación del personal de la escuela, la clínica de la SLV debería ser considerada como una asociación entre el personal de salud pública y la escuela/los distritos escolares, además de cualquier otra organización que participe.

La siguiente lista de actividades incluye la responsabilidad de la escuela y el personal de organización de las asociaciones.

  • Publicar la clínica de la SLV, quizás utilizando materiales provistos por el departamento de salud pública.
  • Distribuir a padres/tutores (ej. por medio de los alumnos, correspondencia directa, sitios de Internet o por otro medio) material de información y formularios de consentimiento de los padres autorizando que su hijo sea vacunado, posteriormente recolectar y hacer seguimiento de la devolución de los formularios de consentimiento, y prestar atención a los alumnos que no han presentado los formularios de consentimiento. Estas actividades pueden estar coordinadas por enfermeras escolares o por maestros (ej. su aula).
  • Controlar la devolución de formularios de consentimiento para completar y asegurar que se verifique la elegibilidad médica para la vacunación.
  • Identificar una ubicación dentro de la escuela en donde se llevarán a cabo las reuniones informativas, capacitación y la clínica de la SLV; trabajar con el personal de salud pública para establecer las fechas/los horarios.
  • Durante los días de la clínica programada, acompañar a los alumnos hacia y desde las aulas a la clínica, verificar la identidad del alumno a vacunar y asegurarse que el consentimiento de los padres haya sido otorgado antes de la vacunación.
  • Dar a conocer la información de la vacuna al proveedor de cuidado de salud primario de la persona a vacunar.
  • Informar al vacunado y a sus padres/tutores de los planes de administración para la segunda dosis.

Además, es importante que el personal de la escuela sea capaz de responder preguntas de los padres u otras personas acerca de la clínica de SLV o de dirigir preguntas al miembro/a los miembros del personal adecuados. Los distritos escolares y las escuelas deben identificar un sólo vocero y también brindar información en sus sitios web, en la medida de lo posible. Las preguntas deben estar dirigidas a la oficina del superintendente de la escuela, los miembros de la junta escolar, enfermeras escolares, maestros, secretarias de la escuela, u otros; no obstante, todo el personal de la escuela deberá estar adecuadamente informado acerca de la influenza y las clínicas de SLV y saber adónde dirigir las preguntas más complejas.

Personal por contrato

Las agencias de empleo temporal pueden ser un recurso para contratar personal, tanto médico como no médico, para asistir con clínicas de la SLV.

Entre otros posibles recursos de personal se incluyen las organizaciones privadas con fines de lucro, denominadas en forma colectiva, centros de vacunación en ámbitos comerciales y comunitarios (CCV, por sus siglas en inglés). Además de proveer de personal temporario, los CCV también pueden ser contratados para planificar y dirigir clínicas de SLV. Muchas de estas organizaciones tienen experiencia en la conducción de clínicas de vacunación contra la influenza para niños y adultos. Algunas se han asociado con las escuelas para dirigir las clínicas de la SLV o han trabajado con los departamentos de salud pública en asociación con las escuelas. Los encargados de la planificación interesados en el abastecimiento de personal de las clínicas de la SLV a través de un grupo comercial pueden remitirse al siguiente documento que define las diferentes categorías de CCV [24 KB, 1 página].

Voluntarios

Los voluntarios pueden servir como un excelente recurso para personal de la clínica de la SLV y pueden ser considerados un componente esencial de este programa, dependiendo del número de clínicas planificadas dentro de una jurisdicción local. Pueden ocupar muchos roles en las clínicas de la SLV, tanto médicos como no médicos.

Por ejemplo:

Voluntarios no médicos

Los padres de los niños podrían ser muy útiles en la conducción de la clínica de la SLV. Otros grupos para considerar son las organizaciones de servicio y fraternales, grandes empleadores locales, grupos religiosos, organizaciones de servicio médico, y alumnos de universidades locales y escuelas de profesionales. Las instituciones que trabajan por lograr el cumplimiento de la ley, los hospitales y las organizaciones con fines de lucro (ej. compañías de seguros locales) también pueden proveer de personal.

Los alumnos de las escuelas o distritos escolares en donde la clínica de la SLV se llevará a cabo son también otro posible recurso para obtener voluntarios. Además de ser una experiencia positiva para los alumnos voluntarios, la participación con los compañeros puede aumentar enormemente la colaboración de los alumnos en el programa.

Voluntarios en el área médica

Para las necesidades de personal médico, quienes se encargan de la planificación pueden contactar a colegas del área que otorgue títulos en los campos de la salud, como la medicina, enfermería, odontología y farmacia, para reclutar personal, estudiantes o ex-alumnos dispuestos a brindar asistencia con las clínicas de SLV. También pueden solicitar asistencia de los profesionales jubilados de los cuidados de salud. El Cuerpo de Reserva Médica también ha constituido una fuente de voluntarios acreditados y con experiencia para muchos programas.

Desafíos de reclutar personal del Departamento de Salud Privada para la clínica de la SLV

Los desafíos de reclutar personal del departamento de salud privada para las clínicas de SLV incluyen:

  • Todo el personal y todos los voluntarios de las clínicas de la SLV necesitarán capacitación para desempeñar sus funciones. Trabajar con niños es una tarea específica a la que el personal médico puede no estar acostumbrado.
  • Aunque no es información específica para vacunar a niños, los encargados de la planificación podrían encontrar información útil para su capacitación en los siguientes sitios web de los CDC: Cursos sobre inmunización - Transmisiones por Internet y análisis y Encuentro con la inmunización: : recursos 2008 para problemas críticos.
  • Las escuelas pueden requerir de un control de antecedentes del personal que estará presente en las instalaciones. Parte del personal puede haber sido ya sometido a los controles de antecedentes a través de su organización. Para aquellos que requieren de controles de antecedentes, el proceso puede ser bastante prolongado y variar según el lugar.
  • Los encargados de la planificación pueden considerar diseñar planes que permitan el reemplazo de los voluntarios que no estén disponibles a último momento, especialmente durante brotes locales de influenza.

Promoción y educación sobre la clínica de la SLV

La educación de los alumnos y los padres, así como también el personal de la escuela, puede contribuir al éxito de los programas de la SLV (Wilson, 2001; Guajardo, 2002).

Estudiantes

Los estudiantes pueden probablemente participar en un programa de la SLV cuando comprendan ampliamente los beneficios y riesgos de la vacunación. La enseñanza en las aulas y las reuniones en toda la escuela han sido efectivas para educar a los estudiantes antes de la inmunización (Wilson, 2000; Boyer-Chuanroong, 1997; Woodruff, 1996). Puesto que las escuelas están dispuestas a incluir la enseñanza en las aulas como un componente del programa de vacunación, los encargados de la planificación pueden brindar ideas para la planificación de la clase a los maestros y a las enfermeras escolares (Goldstein, 2001). Esto representa una oportunidad ideal para destacar la importancia de vacunarse contra la influenza y de las medidas de higiene que pueden reducir el contagio del virus de influenza y otras causas comunes de enfermedad en los niños.

Padres/Tutores

Por supuesto que la educación de los padres también es muy importante, ya que los padres/tutores deben otorgar su consentimiento para que vacunen a sus hijos. Es importante difundir información sobre las clínicas de SLV tan pronto comience el año escolar, especialmente si se ha verificado la posibilidad de obtener consentimiento previo (Nota: los asuntos de consentimiento previo se tratan a continuación en "Tiempo y procedimientos para obtener consentimiento)". Los formularios de consentimiento y otro material informativo sobre la SLV pueden enviarse al hogar familiar junto con los documentos de la escuela que se envían a los padres al comienzo del año escolar. Se ha utilizado una variedad de métodos para promocionar los programas de vacunación a los padres/tutores; por ejemplo, anuncios de servicios públicos, campañas por radio, boletines y anuncios en los sitios web de las escuelas (ver: kit de inmunización contra la influenza en escuelas por la Asociación Nacional de Funcionarios de Salud de los Condados y las Ciudades [NACCHO]). Los mensajes también pueden destacar la importancia de vacunarse contra la influenza y de otros medios para prevenir el contagio de la influenza y de otras enfermedades. Dependiendo de la disponibilidad de recursos, los departamentos de salud pública pueden establecer una línea de teléfono o proporcionar un sitio web o una dirección de correo electrónico para que los padres puedan acceder a información y hacer preguntas en las semanas previas, durante y después del programa de vacunación (Carpenter, 2007).

Maestros y otro personal

El Consejo deberá garantizar que no existen factores dentro y fuera del área clínica que puedan influir en los resultados (ejemplo: medidas preventivas, cambios en estilos de vida o influencia del medioambiente). Como se menciona en la sección "Planificación del personal adecuado", es importante que el personal de la escuela esté capacitado para este programa de vacunación. El personal capacitado de la escuela puede responder las inquietudes de los padres y las preguntas acerca del programa, y es muy probable que destaque la importancia de la vacunación y brinde lecciones sobre vacunación a los alumnos (Tung, 2005; Boyer-Chuanroong, 1997). Los talleres postescolares para docentes se utilizaron como un método para capacitar al personal de la escuela (Boyer-Chuanroong, 1997; Unti, 1997; Goldstein, 2001).

Preguntas frecuentes

Una hoja de datos de preguntas frecuentes es una herramienta útil para educar a padres, maestros, personal de la escuela y otros miembros de la comunidad acerca de los puntos específicos de las clínicas de SLV, así como también de la influenza en general. Las hojas de datos de preguntas frecuentes pueden incluirse junto con otra información que se difunda sobre las clínicas de SLV. Además, estas preguntas frecuentes pueden incluirse en los sitios web del departamento de salud, el departamento de educación y la escuela. Las preguntas frecuentes sobre la influenza y la vacuna contra la influenza se pueden encontrar en el sitio web de los CDC sobre la influenza. A continuación se detalla una lista de posibles preguntas frecuentes sobre los puntos específicos de la SLV, si bien no pretenden ser inclusivos. Las preguntas frecuentes serán diferentes para cada programa de SLV.

  • ¿Por qué se ofrece a los niños vacunarse contra la influenza en la escuela?
  • ¿Cuándo se aplicará la vacuna?
  • ¿La familia completa puede vacunarse en la escuela?
  • ¿Qué debo hacer para asegurarme de que mi hijo se vacune?
  • ¿Qué sucede si mi hijo no va a la escuela el día de la vacunación?
  • ¿Quién vacunará a mi hijo?

Hacer participar y solicitar apoyo a los proveedores de servicios médicos

En los Estados Unidos, a los niños se los vacuna principalmente en el consultorio de su pediatra o de su médico de cuidado primario (Groom, 2007). Ya que la idea de vacunar a los niños en las escuelas puede ser poco común para algunos padres/tutores, puede haber cierta reticencia para permitir la vacunación contra la influenza en las escuelas. Los padres/tutores pueden buscar asesoramiento, inclusive el proveedor de servicios de salud de su hijo (Woodruff, 1996). Por este motivo, el éxito de los programas de la SLV será también mayor al hacer participar y solicitar apoyo a los proveedores de servicios médicos locales, especialmente pediatras, médicos de cabecera, obstetras/ginecólogos (porque a menudo se desempeñan como proveedores de servicios de salud primaria para adolescentes), y clínicas de salud comunitarias. Las asociaciones con organizaciones tales como la Asociación Estadounidense de Pediatras y la Academia Estadounidense de Médicos de Familia también pueden contribuir al éxito del programa de SLV y ayudar a conseguir el apoyo de los médicos locales. Se adjuntó un modelo de carta para proveedores [32 KB, 1 página]. Contar con los mecanismos necesarios para difundir información sobre la vacuna a proveedores de servicios de salud también ayudará a lograr el respaldo de los proveedores de servicios de salud locales.

Se espera que la mayoría de los proveedores apoyen a las clínicas de la SLV, aunque algunos se muestran preocupados en que la vacunación se realice fuera de sus consultorios, especialmente cuando no pueden mantener un registro actualizado de sus pacientes y no disponen de la información adecuada si un paciente busca asistencia por una posible reacción adversa a la vacuna. Es necesario dirigir los programas de la SLV para asegurarse de que a los niños se les vacune oportunamente, y así se evitará que los proveedores de servicios de salud se encuentren aún más ocupados tratando pacientes enfermos. Mantener informados a los proveedores acerca de la planificación de las clínicas de la SLV también los ayudará a calcular cuántas vacunas contra la influenza necesitarán disponer para sus propios pacientes.

Preparar formularios y cartas para enviar a los padres/tutores

Aquí le presentamos las siguientes opciones de entrega - a través del niño, correspondencia y/o correo electrónico - a los padres/tutores para informarles de la planificación de las clínicas de la SLV y solicitarles permiso para vacunar a sus hijos. Cada uno de los siguientes documentos debe ser traducido y estar disponible en varios idiomas, según sea necesario por las características de la localidad.

Carta a los padres/tutores:

Entre la documentación enviada a los padres/tutores debe haber una carta que informe acerca de las clínicas de la SLV contra la influenza que se llevará a cabo en la escuela del niño. Generalmente, esta carta se envía como una carta de presentación que acompaña a otra documentación, entre ellas, el formulario de consentimiento, información acerca de la vacuna, y la fecha en que las clínicas de la SLV están programadas. Dicha carta también puede enviarse antes de la fecha prevista de la SLV, quizás incluso antes de que la vacuna esté disponible en esa área.

La carta dirigida a los padres/custodios [30 KB, 1 página] debe incluir:

  1. una explicación sobre la razón por la cual se recomienda que sus hijos se vacunen contra la influenza,
  2. un aviso que informe que la vacuna contra la influenza se ofrecerá en la escuela, junto con la(s) fecha(s) de la clínica para ambas dosis (en caso de que se planee organizar una clínica para la segunda dosis y sea posible establecer una fecha),
  3. Una solicitud para el consentimiento de los padres, y
  4. Información de contacto en caso de que los padres/tutores tengan preguntas o inquietudes.

Formularios con consentimiento de los padres

El requisito para obtener el consentimiento de los padres antes de la vacunación, y el formato exacto y los puntos que deben incluirse en un formulario estándar de consentimiento, generalmente no está determinado por una regulación o ley federal. En cambio, los requisitos para el consentimiento informado están legislados o regulados por cada estado o jurisdicción, incluyendo las circunstancias en las cuales los menores pueden consentir su propio tratamiento médico. Si se planea obtener el consentimiento previo, los encargados de la planificación deben analizar este enfoque con los asesores legales locales y estatales antes de decidir implementarlo. También deben considerar si la ley local/estatal requerirá de consentimientos por separado para la administración de cada una de las series de vacunas de dos dosis.

Se adjuntan tres modelos que los encargados de la planificación del programa de la SLV pueden usar como puntos de partida para elaborar formularios de consentimiento de acuerdo con las leyes locales y estatales y los requisitos que se apliquen. Estos modelos de formularios de consentimiento pueden modificarse para cumplir con los requisitos locales y estatales. Debido a que algunos programas de SLV contra la influenza no aplican la segunda dosis de la vacuna contra la influenza, estos formularios de consentimiento fueron desarrollados para programas que aplican sólo una dosis de la vacuna a los alumnos. En caso de aplicar una segunda dosis de la vacuna, es probable que se deba recopilar información adicional acerca de los historiales de vacunación contra la influenza.

Aunque el consentimiento a ser vacunado generalmente no está regulado por ley federal, ésta (así como la ley estatal) pueden regular el uso de un centro de vacunación o la divulgación de información médica de identificación personal en cuanto al niño.

El primer modelo del formulario de consentimiento está diseñado para la formulación de la vacuna inyectable, el segundo modelo del formulario de consentimiento está diseñado para la formulación de la vacuna intranasal y el tercer modelo del formulario de consentimiento está diseñado para las formulaciones tanto de la vacuna inyectable como de la intranasal. Elegir el formulario correcto para entregar a los padres/tutores dependerá de la fórmula de la vacuna (vacuna intranasal viva atenuada [LAIV], vacuna inyectable inactiva, o ambas) que se aplicará en la clínica de la SLV.

Ver plantilla de formularios de consentimiento:

A continuación, encontrará notas acerca de cada sección en la plantilla de formularios de consentimiento:

Sección 1

Información acerca del niño que recibe la vacuna: esta sección incluye sugerencias para recoger información personal y demográfica.

Sección 2

Examen médico para la elegibilidad de la vacuna: esta sección incluye preguntas en el examen médico para la elegibilidad de la vacunación estándar, ya sea inyectable o ambas, inyectable e intranasal.

Sección 3

Consentimiento: esta sección incluye una declaración y un espacio para la firma de los padres/tutores para consentir o rechazar la vacunación en representación de su hijo. Además, los encargados de la planificación pueden incluir una opción para padres/tutores para seleccionar el tipo de vacuna (ej. intranasal, inyectable o sin preferencia) que ellos prefieren que se le administre a su hijo con una declaración en la que la preferencia se concederá según la disponibilidad de la vacuna y la elegibilidad del niño. Observe que las leyes estatales varían en cuanto a que si una firma de los padres será suficiente para ambas dosis.

Sección 4

Registro de vacunación: esta sección incluye sugerencias para recoger información en cuanto a la vacuna y su administración.

Los encargados de la planificación del programa de la SLV tal vez quieran incluir también incluir una sección para consentimiento o autorización de divulgación de cierta información médica, personal, demográfica y/o sobre vacunación. La información sobre los estudiantes contenida en el formulario de consentimiento de la vacuna puede estar protegida por las leyes o regulaciones estatales o federales sobre privacidad. Se recomienda solicitar dicha autorización, según las necesidades locales y/o leyes tales como la Ley de Privacidad y Derechos Educacionales de la Familia (FERPA) o Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico (HIPAA).

Los siguientes son ejemplos de autorizaciones que podrían requerir los encargados de la planificación del programa de la SLV, entre los que se incluyen una declaración con una solicitud de la firma de los padres en el formulario de consentimiento:

  • La publicación de información a las autoridades de salud pública (ej. para ingresar en un registro de inmunización para requisitos de informe sobre la influenza)
  • La publicación de información al proveedor de servicios de salud del niño (ej. para la inclusión en el registro de la asistencia médica del niño)

La entidad que dirige el programa de vacunación es responsable sólo por usar y revelar la información sobre la salud del niño, que es coherente con las leyes aplicables. Por ejemplo, la entidad debe saber si está sujeta a la Regla de Privacidad de HIPAA, la cual sólo se aplica a ciertos proveedores de servicios de salud, a planes de salud, a centros de intercambio de información médica, a FERPA, la cual sólo se aplica a la agencia o instituciones educativas que reciben financiación del Departamento de Educación, y/o a otras leyes federales o estatales.

Las entidades sujetas a la Regla de Privacidad HIPAA pueden usar o divulgar información de la salud de un menor con autorización firmada por el padre o el tutor, con derecho a tomar decisiones sobre la asistencia médica del niño, que cumple los requisitos de HIPAA o sin dicha autorización a los fines del tratamiento y la salud pública y otros fines. (Nota: Los asuntos sobre las leyes FERPA e HIPAA se tratan a continuación en "Asuntos legales”).

Tiempo y procedimientos para obtener consentimiento

Los encargados de la planificación locales y estatales pueden entregar a los padres formularios de consentimiento antes de que la vacuna contra la influenza esté disponible. Los beneficios de dicho procedimiento, si se determina que es legalmente viable y factible en la jurisdicción en la que se llevarán a cabo las clínicas de SLV contra la influenza, son que las vacunas pueden ser administradas a los niños autorizados no bien se las recibe en el centro de vacunación, y que los encargados de la planificación pueden estar mejor capacitados con personal adecuado y equipados con vacunas y suministros.

Para proporcionar a los padres/tutores la información en la cual pueden basar su decisión de consentir, se les puede brindar la Declaración de información sobre la vacuna contra la influenza (VIS, siglas en inglés), la cual describe la mejor noción actual de los riesgos y beneficios que se pueden esperar de la vacuna contra la influenza (ver VIS para conocer la fórmula inactiva inyectable [82 KB, 2 páginas] de la vacuna y VIS para la fórmula viva atenuada intranasal [477 KB, 2 páginas] de la vacuna), junto con una carta de presentación (ver Modelo de cartas para obtener el consentimiento anticipado de los padres para la vacunación[26 KB, 1 página] y modelo para informar a los padres sobre la futura programación de clínicas). Para documentar la decisión de consentir, los padres deberán recibir el formulario de consentimiento apropiado para completarlo y devolverlo a la escuela (ver modelo de formulario de consentimiento para usar con fórmula de vacuna inyectable intramuscular, modelo de formulario para usar con la fórmula de vacuna intranasal de virus vivos atenuados y el modelo de formulario de consentimiento para usar con fórmula de vacuna tanto inyectable intramuscular como viva atenuada intranasal).

Si se obtiene el consentimiento de los padres mucho antes de vacunar al niño, existe un mecanismo para que los padres/tutor retiren el consentimiento antes del momento de vacunar al niño, si lo desean. También debería implementarse un mecanismo para padres/tutor que inicialmente rechazan dar el consentimiento para que se vacune a su hija/o, y luego cambian de opinión y permiten que se lo vacune. Además, si se tiene conocimiento de que se administrará LAIV, se deberá confirmar por anticipado que el niño no ha recibido otra vacuna viva (ej. vacunas contra varicela o sarampión, papera, rubéola [MMR]) dentro de las cuatro semanas de la clínica de la SLV.

Si los encargados de la planificación deciden aplicar el consentimiento con anticipación al momento de aplicar la vacuna al niño, como se describe anteriormente, se podría enviar también un paquete informativo un poco antes de la clínica (ej. dos o tres semanas antes). Este procedimiento podría servir para anunciar o recordarles a los padres la fecha de la clínica, brindar un formulario oficial de la VIS para aquellos que no han recibido uno, y recordarles a los padres/tutores los mecanismos disponibles para cambiar el estado de su consentimiento.

Los encargados de la planificación deben discutir este enfoque con los asesores legales locales y estatales antes de decidir implementarlo. También deben considerar si la ley local/estatal requerirá de consentimientos por separado sobre la administración de cada una de las series de vacunas de dos dosis.

Se brinda importante información acerca del uso de la plantilla de formulario de consentimiento. Remítase a la sección a continuación en "Aspectos legales" para obtener información importante sobre responsabilidad, licencias, FERPA e HIPAA.

Declaraciones de información sobre la vacuna

Las Declaraciones de información sobre la vacuna (VIS, por sus siglas en inglés) son planillas informativas elaboradas por los CDC en donde se explica a los receptores de las vacunas, sus padres, o representantes legales los beneficios y riesgos de una vacuna. También incluyen información acerca de las indicaciones y la elegibilidad para cada vacuna. Se debe incluir una VIS apropiada (dependiendo de qué fórmula de vacuna contra la influenza se administre:fórmula viva atenuada intranasal [477 KB, 2 páginas] o fórmula inactiva inyectable [82 KB, 2 páginas]) entre otros materiales provistos a los padres/tutores antes y después de la aplicación de la vacuna.

Maximizar la participación en el programa de la SLV

Se ha implementado exitosamente una variedad de estrategias para maximizar la participación en los últimos programas de la SLV. Estas estrategias se resumen a continuación.

Difusión, recolección y seguimiento del formulario de consentimiento

Se pueden proporcionar formularios de consentimiento y otro material informativo sobre la SLV a los padres/tutores mediante una variedad de métodos. Por ejemplo, se puede entregar el material a los alumnos en la clase para lo lleven consigo al hogar, se puede enviar por correspondencia en los Estados Unidos a los padres/tutores con material de inscripción al comienzo del año escolar, se puede entregar durante la etapa de inscripción o en otros eventos escolares o se puede publicar en Internet. Enviar paquetes informativos con los alumnos es una práctica común y parece ser efectiva en comparación con enviar la información al hogar familiar mediante correspondencia en los Estados Unidos (IZ Xtreme; El Amin, 2009). Las escuelas también deben considerar la posibilidad de disponer de los formularios de consentimiento en línea, ya sea a través del sitio web de la escuela (si está disponible) o por correo electrónico (las escuelas y/u organizaciones de padres pueden tener listas preestablecidas para las familias de los estudiantes) (Boyer-Chu, 2008; kit de inmunización contra la influenza en escuelas por la Asociación Nacional de Funcionarios de Salud de los Condados y las Ciudades [NACCHO])Además, las escuelas secundarias podrían querer disponer de formularios de consentimiento en el lugar de trabajo para aquellos alumnos que cumplen con los requisitos y que no requieren del consentimiento de sus padres (ej. alumnos mayores de 18 años) (kit de inmunización contra la influenza en escuelas por la Asociación Nacional de Funcionarios de Salud de los Condados y las Ciudades [NACCHO]).

La información limitada sugiere que los índices de devolución de formularios son mayores cuando los docentes (en vez de enfermeras u otro personal de la escuela) son responsables de la recopilación de los formularios de consentimiento (Tung, 2005). Con el objeto de facilitar el seguimiento, las escuelas pueden fijar una fecha límite para la devolución de los formularios de consentimiento (Wilson, 2001).

Si los recursos están disponibles, el personal de la escuela debe procurar tener un seguimiento de los alumnos que inicialmente no devuelven los formularios (Boyer-Chuanroong, 1997). Por este motivo, los formularios de consentimiento deben incluir una opción para padres/tutor de rechazar la vacunación, de manera que el personal de la escuela pueda fácilmente identificar a los alumnos que no han devuelto los formularios y distinguirlos de los alumnos cuyos padres/tutores han rechazado la vacunación. Además, incluir la opción "rechazar" permite que los incentivos (ver a continuación) se basen en el número total de formularios devueltos, independientemente de que si los padres/tutores hayan consentido o rechazado la vacunación.

Incentivos

Los incentivos para alumnos pueden motivarlos a que entreguen los formularios de consentimiento de los padres completos (Boyer-Chuanroong, 1997). Se pueden considerar los incentivos individuales para los alumnos que entregan los formularios de consentimiento completos o los incentivos de grupos o pares para la clase con mayor proporción de alumnos que entregaron el consentimiento completo (ej. mayor tiempo de recreo) (Boyer-Chuanroong, 1997; Uniti, 1997; Guajardo, 2008; Wilson, 2001; kit de inmunización contra la influenza en escuelas por la Asociación Nacional de Funcionarios de Salud de los Condados y las Ciudades [NACCHO])

Un estudio de diferentes tipos de incentivos, controlado al azar arrojó como resultado que los incentivos de grupos o pares eran más efectivos que los incentivos individuales (Unti, 1997). Para reducir o eliminar costos relacionados con los incentivos a los alumnos, las escuelas pueden acercarse a los comerciantes locales u organizaciones de la comunidad para obtener donaciones, cupones o cupones de regalo (Boyer-Chu, 2008).

Puesto que el apoyo del docente ha sido identificado como un factor importante para aumentar la participación al máximo en los programas de SLV (Tung, 2005; Goldstein 2001), si hay recursos disponibles, a los docentes que participan activamente en el programa de vacunación se les podría otorgar incentivos apropiados (Boyer-Chuanroong, 1997; Goldstein, 2001; Cassidy, 1998). Una simple nota expresando agradecimiento puede ser un incentivo efectivo (Boyer-Chuanroong, 1997). Además, puede ser necesario consultar con los representantes sindicales locales en caso de que un sistema de incentivos tenga incidencia en los derechos de los miembros del personal según el acuerdo colectivo de negociación.

Como se mencionó anteriormente, si los encargados de la planificación deciden utilizar incentivos, estos deberán basarse en el número de formularios de consentimiento devueltos completos, independientemente de si los padres consintieron o rechazaron la vacunación. Así, para utilizar incentivos, los formularios de consentimiento deben incluir una opción para padres, ya sea para consentir o rechazar la vacunación (ver debate acerca del formulario de consentimiento de padres y plantillas en la sección sobre "Preparar formularios y cartas para enviar a los padres/tutores”).

Logística de día para la clínica de la SLV

Las pautas publicadas para establecer clínicas de vacunación a gran escala pueden encontrarse en el sitio web de los CDC sobre la influenza. Estas pautas no fueron diseñadas específicamente para las clínicas de SLV contra la influenza. Sin embargo, la mayoría de los enfoques sugeridos son relevantes, especialmente para las clínicas de la SLV realizadas durante los horarios fuera de la escuela. Otras consideraciones se aplican a las clínicas de la SLV que se llevan a cabo durante los horarios de la escuela.

Estos desafíos, junto con otras sugerencias y ejemplos de cómo manejarlas, se describen a continuación:

Para las clínicas de la SLV que se llevan a cabo durante los horarios de la escuela:

  • Pueden variar las reglas que rigen sobre quién puede estar presente en el edificio de la escuela durante el horario escolar. Comunicar adecuadamente por anticipado acerca de estos asuntos y planificar en consecuencia. Puede ser necesario personal adicional de seguridad para monitorear la seguridad del lugar y ayudar con el flujo de tráfico.
  • Ya que los padres/tutores pueden no estar presentes en el momento en que los alumnos son vacunados, los mecanismos utilizados deben asegurar que sólo los niños, de quienes se obtuvo consentimiento sean vacunados. Este mecanismo para confirmar la identidad de los niños es simple si el personal de la escuela (ej. maestros y enfermeras escolares) está supervisando el procedimiento.
  • Si se ofrecen los dos tipos de vacunas contra la influenza en la clínica de SLV, es necesario implementar un mecanismo que garantice que los niños se apliquen la vacuna adecuada. Para ello, se pueden utilizar formularios de consentimiento codificados por color para cada tipo de vacuna o asegurarse de que los encargados de la vacunación apliquen sólo un tipo de vacuna.
  • Para que se lleve a cabo la vacunación de los niños, el procedimiento debe ser ordenado. Se necesitará más personal para acompañar a los alumnos a y desde la clínica.
    • A menudo, los niños son acompañados de un aula a otra. Para los alumnos mayores que cambian de aulas durante todo el día, sería conveniente utilizar sólo un aula en particular, a la que asisten de alguna manera la mayoría de los alumnos (ej. Arte del Lenguaje/Inglés)
  • A pesar de que algunos padres/tutores facilitan el consentimiento para que el niño sea vacunado, es posible que no se pueda vacunar al niño en el día de la clínica por otras razones: enfermedad, negativa del niño a ser vacunado, o se descubre una contraindicación. En ese caso, es fundamental que los padres/tutores tengan conocimiento de que al niño no se le vacunó. Para ello, se le devuelve a los padres/tutores un formulario a través del niño o por correspondencia de los Estados Unidos, un correo electrónico, y/o una llamada por teléfono. Podría designarse a un miembro del personal de la clínica encargado de esta importante tarea.

Materiales para enviar al hogar con los estudiantes después de la vacunación:

Una VIS apropiada (dependiendo de qué formulación de vacuna contra la influenza se administrefórmula viva atenuada intranasal [477 KB, 2 páginas] ó fórmula inactiva inyectable [82 KB, 2 páginas]) debe proporcionarse a los padres/tutores después de la aplicación de la vacuna. Los encargados de la planificación también pueden considerar otorgar tarjetas de registro de vacuna contra la influenza a quienes se vacunan (ej. a los padres a través de sus hijos vacunados). La información que puede aparecer en las tarjetas de registro sobre el proveedor de vacunas, número de lote, fabricante, etc,. se puede compartir con el proveedor de servicios de salud básica del vacunado. La tarjeta también puede incluir información sobre la posible necesidad de una segunda dosis y qué hacer en caso de posibles reacciones adversas.

Administración de la vacuna y prevención, manejo e informe de posibles reacciones adversas a la vacuna

Consulte las siguientes publicaciones para obtener pautas sobre la administración de la vacuna y prevención/manejo de las reacciones adversas, incluso síncope, que es muy frecuente en los adolescentes: Recomendaciones generales sobre inmunización, y Síncope después de la vacunación.

Se recomienda a los proveedores de servicios de salud y padres informar acerca de reacciones adversas clínicamente significativas luego de la administración de la vacuna contra la influenza o cualquier vacuna al Sistema para Reportar Reacciones Adversas a las Vacunas (VAERS).

Se deberá presentar un informe aun si no se está seguro de que la vacuna causó una reacción. Los informes pueden enviarse para mayor seguridad por Internet, correo electrónico o fax.

Almacenamiento y manipulación de vacunas

Obtenga más información acerca del almacenamiento y manipulación de vacunas: Procesos y procedimientos de control de la cadena de frío en productos médicos sensibles a la temperatura, y Informe sobre el control de la cadena de frío [1.8 MB, 33 páginas].

Registro, informes y seguimiento de la vacuna

Los estados pueden utilizar su sistema de información sobre inmunizaciones (IIS, siglas en inglés), o "registros de inmunización", para recopilar información sobre la administración de la vacuna contra la influenza. Reportar al IIS no es una ley federal, pero puede solicitarse según la ley estatal. Estos sistemas pueden ser un método efectivo al momento de difundir la información en forma electrónica al departamento de salud pública, o de crear un archivo de información general para que esté disponible para el centro de vacunación en caso de que se produzca una reacción adversa a la vacuna. Algunos IIS pueden preparar antecedentes de vacunación y proporcionarlos a padres/tutores y posteriormente, compartirlos con el proveedor de servicios de salud del niño. Los proveedores también pueden acceder al IIS directamente para saber si su paciente se vacunó contra la influenza.

Los encargados de la planificación de las clínicas de SLV deben considerar implementar mecanismos para divulgar información sobre la vacuna al centro de servicios médicos de los alumnos que participan. Para ello, se puede solicitar información de contacto del pediatra del estudiante en los formularios de consentimiento u otros documentos. De esta manera, se puede enviar información relacionada con la vacunación de su paciente al médico proporcionado una vez finalizada la clínica de SLV.

Los encargados de la planificación también pueden considerar otorgar tarjetas de registro de vacuna contra la influenza a quienes se vacunan (ej. a los padres a través de sus hijos vacunados). La información que puede aparecer en las tarjetas de registro sobre el proveedor de vacunas, número de lote, fabricante, etc,. se puede compartir con el proveedor de servicios de salud básica del vacunado. La información que también puede aparecer en la tarjeta de registro es cuándo se necesita la segunda dosis y qué hacer en caso de una posible reacción adversa.

Asuntos legales

Los estados deben consultar a su asesor legal en cuanto a la aplicabilidad de la inmunidad legal, licencia, y leyes privadas que pueden existir con respecto a las personas involucradas en los programas de vacunación. Los párrafos a continuación brindan resúmenes generales de algunas autoridades legales importantes; no obstante, la enumeración no pretende ser exhaustiva.

Programa nacional de compensación por lesiones causadas por vacunas (VICP)

Las personas capacitadas que aplican la vacuna contra la influenza de temporada cuenta con la protección de responsabilidad de la Ley Nacional de Protección contra Lesiones Causadas por Vacunas en Niños de 1986, con sus enmiendas, pues la vacuna trivalente contra la influenza está cubierta por el Programa Nacional de Compensación por Lesiones Causadas por Vacunas (VICP, siglas en inglés). El VICP se implementó a fin de brindar compensación para aquellos que sufren reacciones adversas que demuestran ser resultado de la aplicación de vacunas cubiertas. Para obtener más información, visite el sitio web de Programa nacional de compensación por lesiones causadas por vacunas (VICP) . Para obtener información específica relacionada con las medidas de protección de responsabilidad de vacunas otorgadas a encargados de la vacunación, visite el sitio web Administración de Recursos y Servicios de Salud (HRSA).

Inmunidad del gobierno estatal y local

Los funcionarios de los gobiernos locales y estatales pueden también tener inmunidad "oficial" o "gubernamental" según la legislación estatal, las ordenanzas municipales, o si se dispone lo contrario por jurisprudencia. Estas leyes pueden diferir dependiendo del nivel de gobierno, la naturaleza de la función oficial, la presencia o ausencia de malicia, y el grado de presunta negligencia. En algunas instancias, sin embargo, esta inmunidad puede solamente extenderse a funcionarios públicos aunque se exponga a sus empleadores gubernamentales a la menor responsabilidad limitada. Los funcionarios pueden querer contactar a los asesores legales locales y estatales en estas cuestiones.

Ley de Privacidad y Derechos Educacionales de la Familia (FERPA)

FERPA es una ley federal, administrada por el Departamento de Educación de los Estados Unidos, que protege la privacidad de los registros de educación de los estudiantes, incluso los registros de salud, que se encuentran en poder de las agencias e instituciones de educación. La ley se aplica a todas las agencias e instituciones educativas que reciben fondos según un programa administrado por el Departamento de Educación de los Estados Unidos. FERPA generalmente prohíbe la divulgación de los registros de educación, sin previo consentimiento por escrito, o de la información de identificación personal (PII, por sus siglas en inglés) de los registros de educación para otorgar a entidades exteriores, aunque existe una serie de excepciones para el requisito del previo consentimiento por escrito. Más información sobre la Ley de Privacidad y Derechos Educacionales de la Familia (FERPA).

La aplicabilidad de FERPA variará, según quién dirija la clínica de la vacunación en escuelas, de la siguiente manera:

  • Si un departamento de salud pública, o una entidad que actúa en su representación (por ej. un centro de vacunación en ámbitos comerciales y comunitarios con el cual el departamento de salud pública elaboró un contrato), dirige la clínica y mantiene los registros de los alumnos, FERPA no se aplica a los registros de vacunación porque están en poder del departamento de salud pública.
  • Si una escuela, distrito escolar, o una entidad que actúa en su representación (por ej. un centro de vacunación en ámbitos comerciales y comunitarios con el cual la escuela o el distrito escolar elaboró un contrato) dirige la clínica y mantiene los registros de los alumnos, FERPA no se aplica a los registros de vacunación porque están en poder de la escuela o distrito escolar.
  • Si una entidad, distinta del departamento de salud pública o escuela/distrito escolar, dirige la clínica (por ej. un centro de vacunación en ámbitos comerciales o comunitarios que no se rige por un contrato con la escuela o el departamento de salud pública) y mantiene los registros de los alumnos, entonces FERPA no se aplica a los registros de vacunación porque no están en poder de una agencia o institución educativa o parte que actúa para dicha agencia o institución.

Según las regulaciones de FERPA en el Código 34 de las Normas Federales (C.F.R, por sus siglas en inglés) Parte 99, muchas divulgaciones de PII de los registros de educación de alumnos requieren consentimiento de los padres con firma y fecha. Sin embargo, cuando un alumno cumple 18 años o asiste a una institución de educación superior, el consentimiento con firma y fecha se obtiene del alumno mismo. 34 C.F.R .99.3 (definición de "alumno que cumple con los requisitos") y 99.5. Las regulaciones de FERPA disponen que el previo consentimiento por escrito debe especificar los registros a divulgar, el propósito de la divulgación, y la parte o tipos de partes a quien/es se les puede divulgar información. 34 C.F.R. 99.30. Por ejemplo, en ausencia de una emergencia de salud o de seguridad, generalmente se necesita el consentimiento firmado y fechado para divulgar la PII de los registros de educación a las autoridades de salud pública (por ej. para una entrada de datos en el registro de inmunización) o al proveedor de servicios de salud del niño (por ej. para la inclusión en el registro de asistencia médica del niño).

Alguna información se puede divulgar sin previo consentimiento por escrito. 34 C.F.R. 99.31. Por ejemplo, se puede divulgar información sin previo consentimiento por escrito a otras autoridades de la escuela dentro de la agencia o institución educativa a la cual dicha agencia o institución se ha comprometido con intereses educativos legítimos (por ej. se puede informar a las autoridades de la escuela que un alumno tiene el virus de influenza que se le ha recomendado que permanezca en su casa; es necesaria la divulgación de esta información para que las autoridades de la escuela puedan ejercer control ya sea que el alumno a pesar de todo asista a la escuela o las actividades programadas por la escuela). 34 C.F.R. 99.31(a)(1). Encuentre información adicional sobre divulgación durante una emergencia de salud o seguridad en 34 CFR 99.31(a)(10) y 99.36.

Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico (HIPAA)

La Regla de Privacidad de HIPAA otorga medidas de protección federales para la información médica personal que está en poder de entidades cubiertas y ofrece a los pacientes distintos derechos con respecto a dicha información. A su vez, la Regla de Privacidad permite la divulgación de la información médica personal necesaria para brindar cuidados al paciente y para otros fines de importancia. La Regla de Privacidad de la HIPAA requiere que las entidades cubiertas protejan los registros de salud de los individuos y otra información médica de identificación personal a través de las medidas preventivas adecuadas para proteger la privacidad y los límites y condiciones sobre los usos y las divulgaciones de dicha información sin la debida autorización del individuo. La regla también otorga a los pacientes derechos sobre su información médica, incluido el derecho a revisar y obtener una copia de sus registros de salud y a solicitar la corrección de su información.

En la mayoría de los casos, la Regla de Privacidad de la HIPAA no se aplica a escuelas primarias ni secundarias, ya que las escuelas: (1) no son entidades cubiertas por la HIPAA; o (2) son entidades cubiertas por la HIPAA, pero guardan la información médica de los alumnos sólo en los registros que son, por definición, "registros de educación" según la FERPA y, por lo tanto, no está sujetos a la Regla de Privacidad de la HIPAA. Si una persona o entidad que actúa en representación de una escuela sujeta a FERPA, como por ejemplo una enfermera escolar contratada que brinda servicios a los alumnos, o que de otra manera, está bajo el control directo de la escuela, guarda los registros de salud de los alumnos, éstos son registros de educación según FERPA, igual que lo serían si la escuela guardase los registros directamente.

Más información sobre HIPAA en el sitio web Privacidad de información médica del HHS.

Más información sobre HIPAA y la guía conjunta para la aplicación de la Ley de Privacidad y Derechos Educacionales de la Familia (FERPA) y la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico de 1996 (HIPAA) para los registros de salud de los alumnos [286 KB, 13 páginas].

Herramientas y enlaces útiles

Nota: Los siguientes son ejemplos de sitios web útiles no gubernamentales. Hay muchos otros que pueden ser útiles.

Referencias

Nota: Hay muchos otros artículos sobre las clínicas de SLV contra la influenza que pueden ser útiles.

  • Boyer-Chuanroong L, Woodruff BA, Unti LM et al. Immunizations from ground zero: lessons learned in urban middle schools. J Sch Health. Septiembre de 1997; 67(7):269-72.
  • Boyer-Chu L, Wooley SF. "Give it a shot!" toolkit for nurses and other immunization champions working with secondary schools, 2º edición. Asociación Estadounidense de Salud en las Escuelas, 2008.
  • Cawley J, Hull HH, Rousculp, MD. Strategies for Implementing School-Located Influenza Vaccination of Children: A Systematic Literature Review. J Sch Health Abril de 2010;80(4):167-175.
  • Carpenter LR, Lott J, Lawson BM et al. Mass distribution of free, intranasally administered influenza vaccine in a public school system. Pediatría 1 julio de 2007;120(1)e172-8. Epub 25 de junio de 2007.
  • Cassidy W. School-based adolescent hepatitis B immunization programs in the United States: strategies and successes. Pediatr Infect Dis J. 17 de julio de 1998(7 Suppl):S43-6. Reseña.
  • Weinstein A, El Amin AN. A School-based influenza vaccination pilot campaign in an urban setting: An analysis of school district implementation strategies. 43ra Conferencia Nacional sobre Inmunización, Dallas, Texas, 30 de marzo - 2 de abril de 2009.
  • Goldstein ST, Cassidy WM, Hodgson W et al. Factors associated with student participation in a school-based hepatitis B immunization program. J Sch Health. Mayo de 2001;71(5):184-7.
  • Rand CM, Shone LP, Albertin C, et al. National health care visit patterns of adolescents: implications for delivery of new adolescent vaccines. Arch Pediatr Adolesc Med 161:252-259. 2007.
  • Rand CM, Szilagyi PG, Yoo BK, et al. Additional visit burden for universal influenza vaccination of US school-aged children and adolescents. Arch Pediatr Adolesc Med 162:1048-1055, 2008.
  • Tung CS, Middleman AB. An evaluation of school-level factors used in a successful school-based hepatitis B immunization initiative. J Adolesc Health Julio de 2005;37(1):61-8.
  • Wilson T, Harman S. Analysis of a bi-state, multi-district school-based hepatitis B immunization program. J Sch Health. Diciembre de 2000;70(10):408-12.
  • Wilson T. A bi-state, metropolitan, school-based immunization campaign: lessons from the Kansas City experience. J Pediatr Health Care 2001. Julio-agosto;15(4):173-8. J Pediatr Health Care. Jul-agosto de 2001;15(4):173-8.
  • Woodruff BA, Unti L, Coyle K et al. Parents' attitudes toward school-based hepatitis B vaccination of their children. Pediatría. Septiembre de 1996; Suplemento 98: 1:13S-7S.
  • Unti LM, Coyle KK, Woodruff BA et al. Incentives and motivators in school-based hepatitis B vaccination programs. J Sch Health. Septiembre de 1997; 67(7):265-8.
  • Championing school-located influenza immunization: the school nurse's role. J Sch Nurs. Febrero de 2009; Suplemento 25: 1:18S-28S.
 

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