Tabla de contenidos
Este capítulo le ayuda a determinar qué estado civil debe usar para efectos de la declaración. Los cinco estados civiles para efectos de la declaración son:
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Soltero.
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Casado que presenta una declaración conjunta.
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Casado que presenta una declaración por separado.
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Cabeza de familia.
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Viudo calificado con hijo calificado.
Si usted reúne los requisitos de más de un estado civil, elija el que le permita pagar menos impuestos.
Usted debe determinar su estado civil para efectos de la declaración antes de que pueda determinar los requisitos para la presentación (vea el capítulo 1), su deducción estándar (vea el capítulo 20) y su impuesto correcto (vea el capítulo 30 de la Publicación 17, en inglés). También utilizará su estado civil para determinar si reúne los requisitos o no para reclamar ciertas deducciones y créditos.
Publicación
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501 Exemptions, Standard Deduction, and Filing Information (Exenciones, Deducción Estándar e Información para la Presentación de la Declaración), en inglés
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519 U.S. Tax Guide for Aliens (Guía Tributaria sobre los Impuestos Estadounidenses para Extranjeros), en inglés
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555 Community Property (Comunidad de Bienes Matrimoniales), en inglés
Por lo general, su estado civil para efectos de la declaración depende de si a usted se le considera casado o soltero. Para fines del impuesto federal, un matrimonio significa sólo la unión legal entre un hombre y una mujer como marido y mujer.
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Ambos están casados y viven juntos como marido y mujer.
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Ustedes viven juntos por matrimonio consensual o por matrimonio de hecho reconocido en el estado en que viven o en el estado en que el matrimonio consensual o de hecho comenzó.
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Ambos están casados y viven aparte, pero no están legalmente separados por decreto de divorcio o de manutención por separación.
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Ambos están separados por un decreto temporal de divorcio. Para propósitos de una declaración conjunta, a usted no se le considera divorciado.
Su estado civil para efectos de la declaración es soltero si, el último día del año, usted no está casado o está legalmente separado de su cónyuge por decreto de divorcio o de manutención por separación y usted no reúne los requisitos para otro estado civil. Para determinar su estado civil el último día del año, vea el apartado anterior titulado Estado Civil.
Puede elegir el estado civil de casado que presenta una declaración conjunta si está casado y usted y su cónyuge deciden presentar una declaración conjunta. En dicha declaración, debe incluir su ingreso combinado y deducir sus gastos combinados permisibles. Puede presentar una declaración conjunta aunque uno de ustedes no tuviera ingresos o deducciones.
Si usted y su cónyuge deciden presentar una declaración conjunta, es posible que su impuesto sea menor que el impuesto combinado de los otros estados civiles. Además, su deducción estándar (si no detalla sus deducciones) podría ser mayor y le ayudaría a satisfacer los requisitos para recibir beneficios tributarios no aplicables a otros estados civiles.
Si usted y su cónyuge tienen ingresos, quizá les convendría calcular el impuesto en una declaración conjunta y en declaraciones separadas (usando el estado civil de casado que presenta la declaración por separado). Seleccione el método que les permita pagar la menor cantidad de impuesto combinado.
Usted y su cónyuge deben incluir todos sus ingresos, exenciones y deducciones en la declaración conjunta.
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Exoneración de la responsabilidad tributaria del cónyuge inocente.
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Separación de responsabilidades, que corresponde a las personas que presenten una declaración conjunta y que sean divorciadas, viudas, legalmente separadas o que no hayan vivido juntas durante el período de 12 meses que termine en la fecha en que se presente la solicitud de esta exoneración.
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Exoneración equitativa.
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Exoneración de la responsabilidad tributaria a raíz de la aplicación de las leyes de bienes gananciales.
Si está casado, usted y su cónyuge pueden optar por usar el estado civil de casados que presentan declaraciones separadas. Pueden beneficiarse de este método si quieren responsabilizarse únicamente de su propio impuesto o si dicho impuesto resultara ser menor que el impuesto declarado en una declaración conjunta.
Si usted y su cónyuge no están de acuerdo en presentar la declaración conjunta, es posible que tenga que presentar su declaración por separado a menos que reúna los requisitos para el estado civil de cabeza de familia que se discute a continuación.
Usted puede elegir el estado civil de cabeza de familia si vive aparte de su cónyuge, reúne ciertos requisitos y se le considera soltero (explicado más adelante bajo Cabeza de Familia). Esto es aplicable a usted aunque no esté divorciado o legalmente separado. Si califica para presentar la declaración como cabeza de familia, en vez de casados que presentan declaraciones separadas, es posible que pague menos impuestos y que pueda reclamar el crédito por ingreso del trabajo y otros créditos adicionales. Su deducción estándar será mayor. El estado civil de cabeza de familia le permite escoger la deducción estándar aunque su cónyuge opte por detallar sus deducciones. Para información adicional, vea Cabeza de Familia, más adelante.
A menos que usted y su cónyuge tengan que presentar declaraciones separadas, deben calcular su impuesto de las dos maneras (en una declaración conjunta y en declaraciones separadas). De esta manera usted puede asegurarse de utilizar el método mediante el cual pagarán el menor impuesto entre los dos. Sin embargo, por lo general, pagarán un mayor impuesto combinado en declaraciones separadas de lo que pagarían en una declaración conjunta por las razones detalladas en el párrafo sobre Reglas Especiales que aparece más adelante.
Si opta por usar el estado civil de casado que presenta por separado, las siguientes reglas especiales serán aplicables. Debido a estas reglas especiales, por lo general usted pagará más impuesto en una declaración por separado que lo que pagaría si utilizara otro estado civil bajo el cual califica.
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Su tasa de impuesto generalmente será mayor que la de una declaración conjunta.
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La cantidad de la exención para calcular el impuesto mínimo alternativo será la mitad de la cantidad permitida para un declarante que presenta declaración conjunta.
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No podrá reclamar el crédito por gastos de cuidado de hijos y dependientes en la mayoría de los casos y la cantidad que puede excluir del ingreso en un programa de ayuda del empleador para el cuidado de dependientes es un máximo de $2,500 (en vez de $5,000 si presentara una declaración conjunta). Para más información sobre estos gastos, el crédito y la exclusión, vea el capítulo 16.
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No puede reclamar el crédito por ingreso del trabajo.
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No puede reclamar la exclusión o crédito por gastos de adopción en la mayoría de los casos.
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No puede reclamar los créditos tributarios por enseñanza superior (el crédito Hope y el crédito vitalicio por aprendizaje) o la deducción por intereses sobre un préstamo estudiantil. Tampoco se puede reclamar la deducción por costo de matrícula y gastos escolares.
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No puede excluir ningún ingreso de intereses procedentes de un bono de ahorros de los Estados Unidos calificado que haya utilizado para sus gastos de enseñanza superior.
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Si vivió con su cónyuge en algún momento durante el año tributario:
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No puede reclamar el crédito para ancianos o para personas incapacitadas,
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Deberá incluir en sus ingresos más de los beneficios del seguro social o beneficios equivalentes de la jubilación ferroviaria que haya recibido (hasta el 85%) y
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No puede reinvertir cantidades de una cuenta de ahorros de jubilación tradicional para individuos (IRA) a una cuenta de ahorros Roth de jubilación. (Roth IRA).
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Los siguientes créditos y deducciones se reducen a un nivel de ingreso que constituye la mitad de lo que serían en una declaración conjunta:
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El crédito tributario por hijos,
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El crédito por contribuciones a ahorros para la jubilación,
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Deducciones detalladas y
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La deducción por exenciones personales.
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Su deducción por pérdida de capital se limita a $1,500 (en vez de $3,000 si usted presentara una declaración conjunta).
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Si su cónyuge detalla sus deducciones, usted no puede reclamar la deducción estándar. Si usted puede reclamar la deducción estándar, entonces la cantidad básica de su deducción estándar es la mitad de la cantidad permitida en una declaración conjunta.
Usted puede cambiar su estado civil para efectos de la declaración presentando una declaración enmendada, para lo cual deberá usar el Formulario 1040X.
Si usted o su cónyuge (o ambos) presenta una declaración separada, generalmente puede cambiar a una declaración conjunta en cualquier momento dentro de un plazo de 3 años a partir de la fecha límite para presentar la declaración o declaraciones separadas. Este plazo no incluye prórroga alguna. Una declaración separada incluye una declaración que usted o su cónyuge haya presentado con uno de los tres estados civiles siguientes: casado que presenta la declaración por separado, soltero o cabeza de familia.
Una vez que haya presentado una declaración conjunta, no podrá optar por presentar declaraciones separadas para ese año después de la fecha límite para declarar.
Usted puede presentar la declaración como cabeza de familia si cumple con todos los requisitos siguientes:
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Usted es “no casado” o “se le consideraba no casado” en el último día del año.
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Pagó más de la mitad del costo de manutención de un hogar durante el año.
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Una “persona calificada” vivió con usted en el hogar durante más de la mitad del año (excepto por ausencias temporales, como para cursar estudios). Sin embargo, si la “persona calificada” es su padre o madre dependiente, él o ella no tiene que vivir con usted. Vea la Regla especial para los padres, más adelante, en la sección titulada Persona Calificada.
Si reúne los requisitos para presentar la declaración como cabeza de familia, su tasa de impuesto será, por lo general, menor que las tasas para solteros o casados que presentan declaraciones separadas. Usted recibirá, además, una deducción estándar mayor que la que recibe cuando usa el estado civil de soltero o de casado que presenta declaraciones por separado.
Para calificar para el estado civil de cabeza de familia, debe ser no casado o considerado no casado el último día del año. A usted se le considera no casado el último día del año tributario si reúne los requisitos siguientes:
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Presenta una declaración separada, definida anteriormente en la sección titulada Declaración Conjunta Después de Presentar Declaraciones Separadas.
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Pagó más de la mitad de los costos de mantenimiento de su hogar durante el año tributario.
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Su cónyuge no vivió con usted en el hogar durante los últimos 6 meses del año tributario. Se considera que su cónyuge ha vivido en el hogar aun si él o ella se ausenta temporalmente debido a circunstancias especiales. Vea más adelante Ausencias temporales bajo Persona Calificada.
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Su hogar fue la residencia principal de su hijo, hijastro o hijo de crianza durante más de la mitad del año. (Vea Hogar de una persona calificada bajo Persona Calificada, más adelante, para las reglas que son aplicables al nacimiento o fallecimiento de un hijo o a la ausencia temporal del mismo durante el año).
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Debe tener derecho a reclamar una exención por el hijo. Sin embargo, usted cumple con este requisito si no puede reclamar una exención por su hijo solamente porque el padre que no tiene la custodia puede reclamarlo usando las reglas que se describen en Hijos de padres divorciados o separados bajo Hijo Calificado en el capítulo 3 , o en Requisito de Manutención para Hijos de Padres Divorciados o Separados bajo Pariente Calificado del capítulo 3 . Las reglas generales para reclamar la exención por un dependiente se explican en el capítulo 3 bajo Exenciones por Dependientes.
Si se le consideraba casado por parte del año y vivió en un estado donde rige la ley de bienes gananciales o matrimoniales (indicados anteriormente bajo la sección titulada Casados que Presentan Declaraciones Separadas), es posible que sean aplicables reglas especiales para determinar su ingreso y sus gastos. Vea la Publicación 555, en inglés, para más información.
Para tener derecho a reclamar el estado civil para la declaración de cabeza de familia, debe pagar más de la mitad de los gastos de mantener un hogar durante el año. Para determinar si usted pagó más de la mitad del costo de mantener un hogar, use la hoja de cálculo que aparece más adelante.
Si usó pagos recibidos bajo el programa Temporary Assistance for Needy Families (Asistencia Temporal para Familias Necesitadas, conocido por sus siglas en inglés, TANF) u otros programas de asistencia pública a fin de pagar parte del costo de mantener su vivienda, no los puede incluir como dinero que haya pagado. Sin embargo, debe incluirlos en la totalidad del costo de mantener su vivienda para calcular si pagó más de la mitad del costo.
Tabla Costo de mantener la unidad familiar. Gastos de manutención de la vivienda
Cantidad que usted pagó | Gasto total | ||
Impuestos sobre la propiedad | $ | $ | |
Gasto por intereses hipotecarios | |||
Alquiler | |||
Gastos de servicios públicos | |||
Mantenimiento y reparaciones | |||
Seguro de la propiedad | |||
Alimentos consumidos en el local | |||
Otros gastos del hogar | |||
Total | $ | $ | |
Menos: La cantidad total que usted pagó | ( ) | ||
Cantidad que otras personas pagaron | $ | ||
Si el total de lo que usted pagó es más de lo que otros pagaron, usted reúne el requisito de pagar más de la mitad del mantenimiento de la vivienda. |
Vea la Tabla 2-1 para determinar quién es una persona calificada.
Toda persona no descrita en la Tabla 2-1 no es una persona calificada.
Ejemplo 2. .1. Ejemplo.
Usted es no casado. Su madre, por la cual usted puede reclamar una exención, vivía sola en un apartamento. Ella falleció el 2 de septiembre. El costo de mantener su apartamento durante el año hasta su muerte era de $6,000. Usted pagó $4,000 y su hermano pagó $2,000. Su hermano no hizo ningún otro pago para la manutención de su madre. Su madre no tuvo ingresos. Debido a que pagó más de la mitad del costo de mantener el apartamento de su madre desde el 1 de enero hasta su muerte, y puede reclamar una exención por ella, puede presentar la declaración como cabeza de familia.
Si su cónyuge falleció en el año 2007, usted puede utilizar el estado civil de casado que presenta una declaración conjunta para el año 2007 si satisface los otros requisitos para utilizar dicho estado civil para efectos de la declaración. El año de fallecimiento es el último año para el cual puede presentar una declaración conjunta con su cónyuge fallecido. Vea la sección anterior, Casados que Presentan una Declaración Conjunta.
Es posible que pueda presentar su declaración utilizando el estado civil de viudo calificado con hijo dependiente durante los dos años siguientes al año del fallecimiento de su cónyuge. Por ejemplo, si su cónyuge falleció en el año 2006 y usted no se ha vuelto a casar, quizás pueda reclamar este estado civil para efectos de la declaración para los años 2007 y 2008.
Este estado civil le da el derecho de usar las tasas impositivas para la declaración conjunta y la deducción estándar máxima (si no detalla sus deducciones). Dicho estado civil no le da el derecho de presentar la declaración conjuntamente.
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Tenía derecho a presentar una declaración conjunta con su cónyuge para el año en que éste falleció. No importa si usted de hecho llegó a presentar una declaración conjunta.
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Su cónyuge falleció en el año 2005 o en el año 2006 y usted no se volvió a casar antes de terminar el año 2007.
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Tiene un hijo o hijastro por el cual usted puede reclamar una exención. Esto no incluye a un hijo de crianza.
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Este hijo vivió en su hogar durante todo el año, a excepción de ausencias temporales. Vea Ausencias temporales, anteriormente, bajo Persona Calificada. También hay excepciones, las cuales se describen más adelante, que corresponden a un hijo que nació o murió durante el año y a un hijo secuestrado.
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Pagó más de la mitad del costo de mantener un hogar durante el año. Vea Personas que Mantienen una Vivienda, anteriormente, bajo Cabeza de Familia.
Tabla Tabla para determinar quién es una Persona Calificada paraPresentar la Declaración como Cabeza de Familia. Tabla 2-1. ¿Quién le Da Derecho a Presentar la Declaración como Cabeza de Familia? 1
Aviso:Vea el texto de este capítulo para los demás requisitos que usted debe reunir para reclamar el estado civil para efectos de la declaración de cabeza de familia.
SI la persona es su . . . | Y . . . | ENTONCES esa persona . . . | |
hijo calificado (tal como un hijo o un nieto que vivió con usted durante más de la mitad del año y reúne otros requisitos) 2 | él o ella es soltero | es una persona calificada, independientemente de si usted puede o no reclamar una exención por dicha persona. | |
él o ella está casado y usted puede reclamar una exención por él o ella | es una persona calificada. | ||
él o ella está casado y usted no puede reclamar una exención por él o ella | no es una persona calificada. 3 | ||
pariente calificado 4 que sea su padre o madre | usted puede reclamar una exención por él o ella 5 | es una persona calificada. 6 | |
usted no puede reclamar una exención por él o ella | no es una persona calificada. | ||
pariente calificado 4 que no sea su padre o madre (tal como un abuelo o hermano que reúne ciertos requisitos) | él o ella vivió con usted durante más de la mitad del año y él o ella es uno de los parientes mencionados en Parientes que no tienen que vivir con usted en el capítulo 3, y usted puede reclamar una exención por él o ella 5 | es una persona calificada. | |
él o ella no vivió con usted durante más de la mitad del año | no es una persona calificada. | ||
él o ella es uno de los parientes mencionados en Parientes que no tienen que vivir con usted en el capítulo 3, y es su pariente calificado sólo por vivir con usted todo el año como miembro de su unidad familiar | no es una persona calificada. | ||
usted no puede reclamar una exención por él o ella | no es una persona calificada. | ||
1 Una persona no puede calificar a más de un contribuyente para poder usar el estado civil de cabeza de familia para la declaración en el año. | |||
2El término “hijo calificado” se define en el capítulo 3. Aviso: Si usted es padre o madre sin custodia, el término “hijo calificado” para el estado civil de cabeza de familia no incluye a un hijo que sea su hijo calificado para propósitos de una exención tributaria debido solamente a las reglas descritas bajo Hijos de padres divorciados o separados bajo Hijo Calificado, en el capítulo 3. Si usted es el padre o la madre que tiene custodia y le corresponden estas reglas, el hijo generalmente es su hijo calificado para el estado civil de cabeza de familia aunque el hijo no sea un hijo calificado por el cual usted puede reclamar una exención. | |||
3Esta persona es una persona calificada si la única razón por la cual usted no puede reclamar la exención es que usted puede ser reclamado como dependiente en la declaración de otra persona. | |||
4El término “pariente calificado” se define en el capítulo 3. | |||
5Si usted puede reclamar una exención por una persona sólo porque existe un acuerdo de manutención múltiple,
dicha persona no es
una persona calificada. Vea la sección titulada Acuerdo de Manutención Múltiple, en el capítulo 3. |
|||
6Vea Regla especial para los padres en este capítulo para un requisito adicional. |
Como se menciona anteriormente, este estado civil se puede utilizar solamente durante los dos años siguientes al año del fallecimiento de su cónyuge.
Ejemplo 2. .2. Ejemplo.
La esposa del Sr. Juan Rodríguez falleció en el año 2005. El Sr. Rodríguez no se ha vuelto a casar. Durante los años 2006 y 2007, él continuó manteniendo un hogar para él y su hijo (que vive con él y por el cual puede reclamar una exención). En el año tributario 2005, él tenía derecho a presentar una declaración conjunta para sí mismo y su esposa fallecida. En los años 2006 y 2007 tiene derecho a presentar una declaración como viudo calificado con hijo dependiente. Después del año 2007, él puede reclamar el estado civil de cabeza de familia si reúne los requisitos para dicho estado civil.
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