Servicios Educativos Suplementarios: Referencia Rápida para Padres

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Una disposición importante de la Ley Que Ningún Niño Se Quede Atrás (No Child Left Behind Act), establece que cuando un alumno de una familia de bajos ingresos asiste a una escuela de bajo rendimiento, se pueden utilizar los fondos federales para prestarle servicios educativos suplementarios a ese alumno. Las preguntas y respuestas a continuación explican cuáles son esos servicios según la ley, y le indican pasos fáciles que usted puede dar para conseguir para su hijo la tutoría y la ayuda adicional necesaria lo antes posible.

¿Qué son los servicios educativos suplementarios?

El término "servicios educativos suplementarios" se refiere a la tutoría y otros servicios de enriquecimiento académico, mayormente en lectura, expresión del lenguaje y matemática. Esta ayuda adicional puede prestarse antes o después de la escuela o durante fines de semana.

¿Cómo sabré si mi hijo puede optar a los servicios educativos suplementarios?

Su distrito escolar ha establecido criterios basados en el ingreso familiar. Frecuentemente, estos criterios son los mismos que los usados para determinar el derecho a recibir almuerzo escolar gratis o a precio reducido. Si su familia es de bajo ingreso según su distrito escolar y se determina que la escuela de su hijo requiere mejoramiento por segundo año consecutivo, o está bajo acción correctiva o reestructuración, su hijo puede recibir tales servicios.

Conforme a la Ley Que Ningún Niño Se Quede Atrás, los distritos escolares están obligados a avisarle pronto si la escuela de su hijo necesita mejoramiento. Su estado también tiene la obligación de publicar un listado de escuelas que se consideran necesitadas de mejoramiento.

Si mi hijo asiste a una escuela con esas condiciones, ¿cómo puedo comenzar a buscar ayuda?

Si se determina que su escuela necesita mejoramiento por más de un año, su distrito escolar está obligado por ley a darle una lista de proveedores aprobados por el estado que ofrezcan servicios educativos suplementarios en su zona. Las organizaciones sin ánimos de lucro, las empresas privadas e incluso universidades, iglesias, sinagogas, mezquitas y asociaciones benéficas locales posiblemente cuenten con programas aptos en su vecindario.

¿Cómo puedo elegir un buen programa?

La ley requiere que los proveedores den instrucción de alta calidad basada en la investigación. Su distrito escolar debe informarle sobre todos los programas disponibles localmente, incluyendo información sobre los proveedores, su certificación, capacitación y eficacia. Los funcionarios de su distrito escolar le ayudarán a seleccionar un proveedor, si solicita orientación.

¿Cómo se paga el proveedor?

En la mayoría de los casos, su distrito escolar pagará los servicios educativos suplementarios directamente. Cuando seleccione un programa o tutor, usted se reunirá con el proveedor y el personal del distrito. Entre todos, se fijarán objetivos académicos para su hijo, se determinará cómo se medirán esos objetivos y se establecerá un plazo para su cumplimiento. Comuníquese con el director de la escuela de su hijo para informarse sobre este procedimiento.

¿Y si la escuela de mi hijo figura en la lista de escuelas que necesitan mejoramiento por más de un año, pero mi distrito no me ha dado una lista completa de mis opciones?

Usted deberá ponerse en contacto con los funcionarios de escuelas locales y estatales. El sitio Web del Departamento de Educación ofrece una lista de datos de personas responsables en su respectivo estado. Visite www.NoChildLeftBehind.gov o llame gratis al 1-800-USA-LEARN.


Hay información adicional sobre la ley Que Ningún Niño Se Quede Atrás para grupos comunitarios, de padres y religiosos, comunicándose con U.S. Department of Education, Office of Intergovernmental and Interagency Affairs, Educational Partnerships and Family Involvement Unit. Correo-e: partner@ed.gov o llame al 202-401-0056.


 
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Last Modified: 09/15/2003