Votación anticipada en persona, por correo y desde el exterior

Todos los estados dan a los votantes registrados alguna opción de votar por anticipado en persona o a distancia. En algunos estados esta opción es tan popular que incluso supera el voto que se realiza el día oficial de la elección general.

Cada estado tiene sus propias leyes electorales que establecen cómo y cuándo se puede realizar el voto anticipado en persona, por correo o desde el exterior. Es recomendable que las personas interesadas en utilizar uno de estos métodos de votación se informen con mucha anticipación ya que existen plazos y requisitos que deben cumplirse.

Votación anticipada en persona
La mayoría de los estados dan a los votantes la oportunidad de votar en persona antes del día oficial de la elección.

En estos estados los votantes pueden acercarse a un centro de votación predeterminado durante el período establecido por la ley de ese estado, que varía de 45 a cuatro días antes de la elección.

Un total de 32 estados y el Distrito de Columbia permiten el voto anticipado en persona sin necesidad de presentar una justificación. Estos estados son: Alaska, Arizona, Arkansas, California, Carolina del Norte, Colorado, Dakota del Norte, Dakota del Sur, Florida, Georgia, Hawai, Idaho, Illinois, Indiana, Iowa, Kansas, Luisiana, Maine, Maryland, Montana, Nebraska, Nevada, Nuevo México, Ohio, Oklahoma, Tennessee, Texas, Utah, Vermont, Virginia Occidental, Wisconsin y Wyoming.

Otros 16 estados permiten votar en persona por anticipado, pero solo en casos específicos como enfermedad, discapacidad, viaje o trabajo. Estos estados son: Alabama, Carolina del Sur, Connecticut, Delaware, Indiana, Kentucky, Massachusetts, Michigan, Minesota, Misisipi, Misuri, Nueva York, Nuevo Hampshire, Pensilvania, Rhode Island y Virginia.

Para conocer los requisitos en su estado, contacte a la oficina electoral de su estado (en inglés).

Votación anticipada por correo
La votación anticipada por correo también varía de estado a estado. Dos estados, Oregón y Washington, realizan toda su votación por correo y no en centros de votación tradicionales.

En otros estados los votantes registrados pueden solicitar la papeleta de votación y enviar su voto por correo previo a la elección sin necesidad de presentar una justificación. Estos estados son: Alaska, Arizona, Arkansas, California, Carolina del Norte, Colorado, Dakota del Norte, Dakota del Sur, Florida, Georgia, Hawai, Idaho, Illinois, Iowa, Kansas, Maine, Maryland, Montana, Nebraska, Nevada, Nuevo Jersey, Nuevo México, Ohio, Oklahoma, Utah, Vermont, Wisconsin y Wyoming. El Distrito de Columbia también permite la votación anticipada por correo.

Otros estados solo permiten votar por correo a los votantes que cumplen con algún requisito como enfermedad, viaje o trabajo. Estos estados son: Alabama, Carolina del Sur, Connecticut, Delaware, Indiana, Kentucky, Luisiana, Massachusetts, Michigan, Minesota, Misisipi, Misuri, Nueva York, Nuevo Hampshire, Pensilvania, Rhode Island, Tennessee, Texas, Virginia y Virginia Occidental.

Si usted ha solicitado y recibido su papeleta de votación por correo, lea las instrucciones para evitar que algún error haga que no cuente su voto. Asegúrese de firmar donde se le solicita y devuelva su voto a tiempo.

Para conocer los requisitos en su estado, contacte a la oficina electoral de su estado (en inglés).

Votación desde el exterior
De acuerdo con la Ley de Votación para los Uniformados y los Ciudadanos en el Extranjero, los ciudadanos estadounidenses que se encuentran fuera del país en servicio activo en las Fuerzas Armadas, la Marina Mercante, el Cuerpo Comisionado del Servicio de Salud Pública, el Cuerpo Comisionado de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica, así como los ciudadanos que residen fuera de los Estados Unidos, tienen derecho a votar desde el exterior.

Para votar desde el exterior es necesario registrarse en el estado de residencia y solicitar cada año la papeleta de votación, que le será enviada por correo 45 días antes de la elección. Su estado de residencia legal es generalmente el estado en el que usted vivió inmediatamente antes de salir de los Estados Unidos, incluso si usted ya no es dueño o inquilino de una propiedad, o tiene la intención de volver allí en el futuro. Además, 21 estados y el Distrito de Columbia permiten que los ciudadanos estadounidenses que nunca han residido en los Estados Unidos se registren allí si uno de sus padres tendría derecho a votar en ese estado. Dirija sus preguntas sobre la elegibilidad para votar en ese estado a los funcionarios electorales locales (en inglés).

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