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Requisitos de documentación adicionales

Aquellas personas que presenten un documento de la Lista A, como ciertos estudiantes no inmigrantes y visitantes de intercambio, también deben presentar documentación adicional para demostrar su autorización de empleo en Estados Unidos.

Estudiantes extranjeros con condición de no inmigrantes F-1 que participan en una capacitación práctica curricular

La capacitación práctica curricular permite a los estudiantes aceptar trabajo o estudio alternativo remunerado, prácticas, educación cooperativa o cualquier otro tipo de prácticas requeridas que los empleadores ofrezcan a través de acuerdos cooperativos con la institución educativa del estudiante. La capacitación debe estar relacionada con el campo de estudio del estudiante. Un estudiante puede empezar una capacitación práctica curricular después de que un funcionario asignado de la institución educativa haya completado la página de aprobación del Certificado de Elegibilidad para Estudiantes F-1 del Formulario I-20. El Certificado de Elegibilidad para Estudiantes F-1 del Formulario I-20 aprobado por el funcionario asignado, junto con el Formulario I-94/94A del estudiante que establece la condición de no inmigrante F-1 son evidencia para la autorización de empleo.

Para el proceso del Formulario I-9, la combinación de los siguientes documentos se considera un documento de la Lista A, que evidencia tanto la identidad como la autorización de empleo:

  • Pasaporte extranjero vigente del estudiante
  • Formulario I-20 con la aprobación de empleo por parte del funcionario designado de la institución educativa en la página 3
  • Formulario I-94 o I-94A válido, Registro de Llegada/Salida, que establece la condición de no inmigrante F-1

image of form I-20

student I-94

El empleador debe registrar el número de pasaporte extranjero y del Formulario I-94 en la Sección 2, en la Lista A del Formulario I-9. Se debe indicar el número de SEVIS y la fecha de vencimiento del programa del Formulario I-20 en el margen del Formulario I-9, cerca de la Sección 2

Visitantes de intercambio J-1

El visitante de intercambio (J) puede trabajar legalmente en Estados Unidos si el trabajo es parte del programa aprobado (p. ej., maestros, profesores, consejeros de campamentos de verano, participantes de programas de trabajo y viaje durante el verano, y cuidadores de niños de condición J-1), o bien si el patrocinador oficial del programa le otorga el permiso para trabajar a este visitante (p. ej., estudiantes J-1). 

El visitante de intercambio J-1 recibe varios documentos relacionados con el programa. Para el proceso del Formulario I-9, la combinación de los siguientes documentos se considera un documento de la Lista A, que evidencia tanto la identidad como la autorización de empleo: 

  • Pasaporte extranjero vigente del visitante de intercambio
  • Formulario DS-2019 (los visitantes de intercambio J-1 no pueden trabajar después de la fecha de finalización del programa que se indica en este formulario).
  • Formulario I-94 o I-94A válido que indique la condición de no inmigrante F-1
  • Carta u otro tipo de documentación por parte del funcionario responsable en el caso de un estudiante no inmigrante J-1

Image of DS 2019

El empleador debe registrar el pasaporte extranjero y los números del Formulario I-94 en la Sección 2 de la Lista A del Formulario I-9. Se debe indicar el número de SEVIS y la fecha de vencimiento del programa del Formulario DS-2019 en el margen del Formulario I-9, cerca de la Sección 2. En el caso de los estudiantes no inmigrantes J-1, también se debe tomar nota de la documentación del funcionario responsable en el margen cerca de la Sección 2.



Ultima revisión: 10/01/2012