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Derechos del empleado

Los empleadores deben tratar a los empleados de una manera que no sea discriminatoria al reclutar, contratar, despedir y verificar la identidad y autorización para trabajar en el Formulario I-9.

Su empleador NO PUEDE:

  • Exigir que usted presente documentos específicos debido a su origen nacional, origen étnico, condición de inmigración o ciudadanía, raza, color, religión, edad, sexo o discapacidad, o debido a cualquier otra característica protegida por ley. Por ejemplo, su empleador no puede:
    1. Solicitar que usted presente un documento emitido por el Departamento de Seguridad Nacional porque no es un ciudadano estadounidense.
    2. Solicitar pasaportes estadounidenses a empleados nuevos que “hablan como extranjeros” y afirman ser ciudadanos estadounidenses.
  • Rehusarse a aceptar su documento o negarse a contratarlo debido a una sospecha sin fundamento de que su documento es fraudulento. Por ejemplo, su empleador no puede rehusarse a aceptar su pasaporte estadounidense debido a que usted tiene un nivel limitado del idioma inglés.  
  • Tratarlo de una manera diferente de la que tratan a otros solicitantes debido a que usted es o no es, o su empleador cree que es o no es, un ciudadano estadounidense.
  • Solicitar que presente sus documentos de autorización de empleo antes de que lo contrate o antes de que complete el Formulario I-9.
  • Rehusarse a aceptar su documento o negarse a contratarlo debido a que su documento vence en el futuro.
  • Limitar los puestos de trabajo a ciudadanos estadounidenses, a menos que se solicite la ciudadanía estadounidense por ley o contrato con el gobierno.
  • Exigir un documento específico cuando se vuelva a verificar su autorización para trabajar. Puede presentar cualquier documento de la Lista A o Lista C para demostrar que aún está autorizado para trabajar.

Su empleador debe realizar lo siguiente:

  • Proporcionarle el Formulario I-9 completo, incluidas las instrucciones para completar el formulario.
  • Aceptar su documentación si ésta aparenta ser razonablemente genuina y si se refiere a usted.
  • Brindarle la posibilidad de elegir la documentación que desea presentar. En otras palabras, su empleador no puede exigirle que presente un pasaporte estadounidense o una “tarjeta verde”.
  • Rechazar cualquier documento que no aparente ser razonablemente genuino o que no se refiera a usted.
  • Su empleador NO DEBE, según la disposición de antidiscriminación de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, tomar represalias contra usted si realiza lo siguiente:
  • Se comunica con la Oficina del Consejero Especial sobre Prácticas Injustas en el Empleo Relacionadas con la Condición de Inmigrante, la División de Derechos Civiles o la Comisión para la Igualdad de Oportunidades a fin de obtener asistencia o presentar una denuncia.
  • Realiza una denuncia por discriminación o, de otro modo, hace valer sus derechos o los de terceros.
  • Participa en una investigación o demanda en nombre de una presunta víctima.

Si cree que su empleador no lo contrató, lo trató de manera distinta durante la contratación o el proceso del Formulario I-9, o bien lo despidió debido a su país de origen o a su condición de ciudadanía o inmigración, llame a OSC al 1-800-255-7688 (línea directa del trabajador) o al 1-800-237-2515 (TDD), o bien visite el sitio web de OSC.

También puede comunicarse con la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC, por sus siglas en inglés) si siente que lo han discriminado en el trabajo por su raza, color, religión, origen nacional, origen étnico o cualquier otro fundamento prohibido por la ley. Llame al 1-800-USA-EEOC o al 1-800-669-6820 (TDD), o bien visite el sitio web de EEOC.



Ultima revisión: 10/01/2012