Versión imprimible

Recuerde: USCIS cerró su oficina en Cuidad Panamá el 1 de febrero

USCIS cerró permanentemente su oficina local en Ciudad de Panamá el 1 de febrero 2013.

La Oficina Local de Ciudad de Panamá tenía jurisdicción sobre Panamá, Ecuador, Colombia, Venezuela, Guyana, Guyana Francesa y Surinam. Después del 1 de febrero, esos países pasarán a estar bajo la jurisdicción de otras oficinas locales de USCIS, según se explica más adelante:

  • Ecuador, Colombia, Venezuela, Guyana, Guyana Francesa y Surinam estarán bajo la jurisdicción de la Oficina Local de USCIS en Lima, Perú.
  • Panamá estará bajo la jurisdicción de la Oficina Local de USCIS en San Salvador, El Salvador.

Después del 1 de febrero de 2013, las solicitudes o peticiones previamente aceptadas en la Oficina Local de Ciudad de Panamá deberán ser presentadas de acuerdo a las siguientes instrucciones:

 

Solicitud

Procesamiento después del 1 de febrero de 2013

Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero

Los residentes de Panamá necesitarán seguir los procedimientos actuales para todos los peticionarios que residen en países que no tienen oficinas de USCIS: Formulario I-130 debe presentarse en la Localidad Segura (Lockbox) de Chicago. Más información aquí.

 

En ciertas situaciones de emergencia, el Director de la Oficina Local de USCIS con jurisdicción sobre el país donde el peticionario reside puede autorizar al Departamento de Estado aceptar el Formulario I-130 en una embajada o consulado de EE.UU. Ms información (en ingles) aquí.

 

Formulario I-407, Abandono de Estatus de Residente Permanente Legal 

La sección consular del Departamento de Estado de EE.UU. en Ciudad Panamá asumirá responsabilidad por el procesamiento del Formulario I-407 para los residentes de Panamá.

 

Las solicitudes de residentes de Ecuador, Colombia, Venezuela, Guyana, Guyana Francesa y Surinam  continuarán siendo procesadas por sus respectivas secciones consulares del Departamento de Estado de EE.UU.

 

Formulario I-600, Petición para Clasificar a un Huérfano como Familiar Inmediato 

La Convención de Adopción de La Haga gobierna las adopciones internacionales en Panamá, Ecuador, Colombia, Venezuela y Guyana Francesa, que siguen el procedimiento que se explica (en inglés) aquí.

 

En los casos de Guyana y Surinam, dos países que no son parte de la Convención de Adopción de La Haga:

 

·         Puede presentarse un Formulario I-600 por cada niño de esos países en la Localidad Segura (Lockbox) en EE.UU. a la dirección provista en las instrucciones del formulario. 

 

·         Las secciones consulares del Departamento de Estado de EE.UU. en esos países asumirán responsabilidad por el procesamiento de los Formularios I-600 presentadas ante ellos, siempre que se permita la presentación en el mismo país, según lo establecen las instrucciones del I-600

 

Lea acerca de las opciones de presentación (en inglés) aquí.

 

Formulario I-600A, Solicitud de Procesamiento Acelerado de Petición de Huérfano

El Formulario I-600A puede ser presentado en la Localidad Lockbox en EE.UU. a la dirección provista en las instrucciones del formulario. Si el padre adoptivo prospecto reside en el extranjero en Guyana o Surinam, el Formulario I-600A puede también presentarse en la Oficina Local de USCIS en Lima, Perú.

 

 

 

Más información en: http://www.uscis.gov/Lima.

 

Solicitud de Carta de Transportación

El Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP, por sus siglas en inglés) procesa estas peticiones.

Para más información, póngase en contacto con CBP al

507-317-5000.

 

 

Encuentre información general acerca de la Embajada de Estados Unidos en Panamá en http://panama.usembassy.gov/index.html, vía el servicio telefónico automatizado de la Embajada 507-317-5000, o por correo. Las direcciones son las siguientes:

 Si envía desde Panamá:

American Embassy Panama

P.O. Box 0816-02561, Zona 5

Panama, Republic of Panama

Si envía desde Estados Unidos:

American Embassy Panama

9100 Panama City PL

Washington, DC 20521-9100

Después del 1 de febrero de 2013, las personas que requieran información acerca de los servicios de USCIS en Panamá, Ecuador, Colombia, Venezuela, Guyana, Guyana Francesa y Surinam pueden ponerse en contacto con la Oficina Local de USCIS que tenga jurisdicción sobre ese país. Estas oficinas son:

 

USCIS Lima, Perú

Jurisdicción: Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana Francesa, Guyana, Paraguay, Perú, Venezuela, Surinam y Uruguay

Teléfono:       511-618-2000 en Perú o 011-511-618-2000 desde EE.UU.

Fax:                511-434-2483

Correo Electrónico:   peru.uscis@dhs.gov.

Direcciones de correo:

 

Correo Regular

Correo Expreso

Desde los EE.UU.

 

Field Office Director

U.S. Citizenship and Immigration Services

c/o American Embassy, Lima, Peru

P.O. Box 127

Lima 41, Peru

 

Desde fuera de los EE.UU.

 

American Embassy

U.S. Citizenship and Immigration Services

Avenida Encalada, Cuadra 17 s/n

Monterrico, Lima, Peru

 

 

American Embassy

U.S. Citizenship and Immigration Services

Avenida Encalada, Cuadra 17 s/n

Monterrico, Lima, Peru

 

 

 

USCIS San Salvador, El Salvador

Jurisdicción: El Salvador y Panamá.

Teléfono:   2501-3022 en El Salvador, or011-503-2501-3022 desde EE.UU.

Fax:           503-2288-3330 en El Salvador, o 011-503-2288-3330 desde EE.UU.

Correo Electrónico:   elsalvador.uscis@dhs.gov.

Direcciones de correo:

 

Correo Regular

Correo Expreso

Desde los EE.UU.

 

U.S. Embassy, San Salvador

U.S. Dept. of Homeland Security
Attn: DHS-USCIS
3450 San Salvador Place
Washington, DC 20521-3450

 

Desde fuera de los EE.UU.

 

U.S. Embassy, San Salvador

Attn: DHS-USCIS
Final Blvd. y Urb. Santa Elena

Antiguo Cuscatlán, La Libertad
El Salvador

 

 

 

U.S. Embassy, San Salvador

Attn: DHS-USCIS
Final Blvd. y Urb. Santa Elena

Antiguo Cuscatlán, La Libertad
El Salvador

 

 

 

 

 

Para más información de USCIS y sus programas, visite www.uscis.gov/espanol.

 



Revisión más reciente12/20/2012