Recuerde: USCIS cerró su oficina en Cuidad Panamá el 1 de febrero
USCIS cerró permanentemente su oficina local en Ciudad de Panamá el 1 de febrero 2013.
La Oficina Local de Ciudad de Panamá tenía jurisdicción sobre Panamá, Ecuador, Colombia, Venezuela, Guyana, Guyana Francesa y Surinam. Después del 1 de febrero, esos países pasarán a estar bajo la jurisdicción de otras oficinas locales de USCIS, según se explica más adelante:
Después del 1 de febrero de 2013, las solicitudes o peticiones previamente aceptadas en la Oficina Local de Ciudad de Panamá deberán ser presentadas de acuerdo a las siguientes instrucciones:
Solicitud | Procesamiento después del 1 de febrero de 2013 |
Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero | Los residentes de Panamá necesitarán seguir los procedimientos actuales para todos los peticionarios que residen en países que no tienen oficinas de USCIS: Formulario I-130 debe presentarse en la Localidad Segura (Lockbox) de Chicago. Más información aquí. En ciertas situaciones de emergencia, el Director de la Oficina Local de USCIS con jurisdicción sobre el país donde el peticionario reside puede autorizar al Departamento de Estado aceptar el Formulario I-130 en una embajada o consulado de EE.UU. M㼠s información (en ingles) aquí. |
Formulario I-407, Abandono de Estatus de Residente Permanente Legal | La sección consular del Departamento de Estado de EE.UU. en Ciudad Panamá asumirá responsabilidad por el procesamiento del Formulario I-407 para los residentes de Panamá. Las solicitudes de residentes de Ecuador, Colombia, Venezuela, Guyana, Guyana Francesa y Surinam continuarán siendo procesadas por sus respectivas secciones consulares del Departamento de Estado de EE.UU. |
Formulario I-600, Petición para Clasificar a un Huérfano como Familiar Inmediato | La Convención de Adopción de La Haga gobierna las adopciones internacionales en Panamá, Ecuador, Colombia, Venezuela y Guyana Francesa, que siguen el procedimiento que se explica (en inglés) aquí. En los casos de Guyana y Surinam, dos países que no son parte de la Convención de Adopción de La Haga: · Puede presentarse un Formulario I-600 por cada niño de esos países en la Localidad Segura (Lockbox) en EE.UU. a la dirección provista en las instrucciones del formulario. · Las secciones consulares del Departamento de Estado de EE.UU. en esos países asumirán responsabilidad por el procesamiento de los Formularios I-600 presentadas ante ellos, siempre que se permita la presentación en el mismo país, según lo establecen las instrucciones del I-600 Lea acerca de las opciones de presentación (en inglés) aquí. |
Formulario I-600A, Solicitud de Procesamiento Acelerado de Petición de Huérfano | El Formulario I-600A puede ser presentado en la Localidad Lockbox en EE.UU. a la dirección provista en las instrucciones del formulario. Si el padre adoptivo prospecto reside en el extranjero en Guyana o Surinam, el Formulario I-600A puede también presentarse en la Oficina Local de USCIS en Lima, Perú. Más información en: http://www.uscis.gov/Lima. |
Solicitud de Carta de Transportación | El Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP, por sus siglas en inglés) procesa estas peticiones. Para más información, póngase en contacto con CBP al 507-317-5000. |
Encuentre información general acerca de la Embajada de Estados Unidos en Panamá en http://panama.usembassy.gov/index.html, vía el servicio telefónico automatizado de la Embajada 507-317-5000, o por correo. Las direcciones son las siguientes:
Si envía desde Panamá:
American Embassy Panama
P.O. Box 0816-02561, Zona 5
Panama, Republic of Panama
Si envía desde Estados Unidos:
American Embassy Panama
9100 Panama City PL
Washington, DC 20521-9100
Después del 1 de febrero de 2013, las personas que requieran información acerca de los servicios de USCIS en Panamá, Ecuador, Colombia, Venezuela, Guyana, Guyana Francesa y Surinam pueden ponerse en contacto con la Oficina Local de USCIS que tenga jurisdicción sobre ese país. Estas oficinas son:
USCIS Lima, Perú
Jurisdicción: Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana Francesa, Guyana, Paraguay, Perú, Venezuela, Surinam y Uruguay
Teléfono: 511-618-2000 en Perú o 011-511-618-2000 desde EE.UU.
Fax: 511-434-2483
Correo Electrónico: peru.uscis@dhs.gov.
Direcciones de correo:
Correo Regular | Correo Expreso |
Desde los EE.UU. Field Office Director U.S. Citizenship and Immigration Services c/o American Embassy, Lima, Peru P.O. Box 127 Lima 41, Peru Desde fuera de los EE.UU. American Embassy U.S. Citizenship and Immigration Services Avenida Encalada, Cuadra 17 s/n Monterrico, Lima, Peru | American Embassy U.S. Citizenship and Immigration Services Avenida Encalada, Cuadra 17 s/n Monterrico, Lima, Peru |
USCIS San Salvador, El Salvador
Jurisdicción: El Salvador y Panamá.
Teléfono: 2501-3022 en El Salvador, or011-503-2501-3022 desde EE.UU.
Fax: 503-2288-3330 en El Salvador, o 011-503-2288-3330 desde EE.UU.
Correo Electrónico: elsalvador.uscis@dhs.gov.
Direcciones de correo:
Correo Regular | Correo Expreso |
Desde los EE.UU. U.S. Embassy, San Salvador U.S. Dept. of Homeland Security Attn: DHS-USCIS 3450 San Salvador Place Washington, DC 20521-3450 Desde fuera de los EE.UU. U.S. Embassy, San Salvador Attn: DHS-USCIS Final Blvd. y Urb. Santa Elena Antiguo Cuscatlán, La Libertad El Salvador | U.S. Embassy, San Salvador Attn: DHS-USCIS Final Blvd. y Urb. Santa Elena Antiguo Cuscatlán, La Libertad El Salvador |
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