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Trabajadores permanentes

Cada año fiscal hay aproximadamente 140,000 visas de inmigrantes para extranjeros (y sus cónyuges e hijos) que tengan la intención de inmigrar basándose en sus destrezas para ocupar empleos. Si usted tiene la combinación adecuada de destrezas, educación y/o experiencia y es elegible teniendo en cuenta otros aspectos, usted podría vivir permanentemente en los Estados Unidos. A continuación se presenta una lista de las cinco preferencias (categorías) de visas de inmigrante basándose en el empleo.   

Certificación laboral

Algunas preferencias de visa requieren que ya usted tenga una oferta de empleo de un empleador de los EE.UU. Este empleador será considerado como su patrocinador. Para algunas categorías de visa es necesario que antes de que el empleador de los EE.UU. pueda presentar una petición a USCIS, tiene que obtener una certificación laboral aprobada del Departamento del Trabajo de los EE.UU. (DOL, por su sigla en inglés). La certificación laboral del DOL constata lo siguiente:

  •  No hay suficientes trabajadores de los EE.UU. disponibles, calificados y dispuestos para ocupar la posición que se ofrece con el salario actual
  • Contratar a un trabajador extranjero no incidirá de manera negativa en los salarios y las condiciones de trabajo de los trabajadores de los EE.UU. con empleos similares. 

Para más información, vea el enlace “Certificación laboral”, a la derecha.

Categorías de preferencia de visa de trabajador permanente

 

Preferencias 

Descripción general 

¿Se requiere certificación de trabajo?

Primera preferencia

EB-1 

Esta categoría se reserva para las personas con aptitudes extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes; profesores o investigadores sobresalientes; y ejecutivos o personas con puestos de mánager de multinacionales. 

   No

Segunda preferencia

EB-2 

Esta preferencia se reserva para las personas que sean profesionales y tengan títulos de posgrado o para las personas con aptitudes excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios. Sí, al menos que el solicitante pueda obtener una dispensa por intereses nacionales (Vea el enlace “Certificación laboral”, a la derecha para obtener más información).

Tercera preferencia

EB-3 

Esta preferencia se reserva para los profesionales, trabajadores especializados y otros. (Vea el enlace Tercera preferencia EB-3, a la derecha para más definiciones de estas clasificaciones de empleo). 


Cuarta preferencia

EB-4 

Esta preferencia se reserva para “inmigrantes especiales”, entre los cuales se incluyen ciertos trabajadores religiosos, empleados de puestos del servicio exterior de los EE.UU., personal retirado de organizaciones internacionales, extranjeros menores de edad que están bajo la protección de tribunales de los Estados Unidos y otros casos de extranjeros.   

No

Quinta preferencia

EB-5 

Esta preferencia se reserva para los inversionistas de negocio que inviertan  $1 millón o $500,000 (si la inversión se realiza en un área de empleo identificada) en una nueva empresa que emplee al menos 10 empleados de los EE.UU. a tiempo completo. 

No