Versión imprimible

Ciudadanía a través de los padres

Existen dos vías generales para obtener la ciudadanía a través de los padres: una al nacer y otra después de haber nacido, pero antes de cumplir los 18 años de edad.

Ciudadanía al nacer para hijos nacidos fuera de los Estados Unidos y sus territorios:

Un hijo nacido fuera de EE.UU. es ciudadano SI:

Y...

Ambos padres son ciudadanos al momento del nacimiento.

Los padres estaban casados legalmente al momento del nacimiento y al menos uno de ellos vivió en EE.UU. o sus territorios antes del nacimiento.

Si el menor nació fuera de matrimonio, vea las Preguntas y Respuestas N-600: FAQ(en inglés).

Uno de los padres es ciudadano de EE.UU. al momento del nacimiento y éste ocurre en o después del 14 de noviembre de 1986.

Los padres estaban casados legalmente al momento del nacimiento y el ciudadano de estadounidense ha estado físicamente presente en EE.UU. o en sus territorios por un período de al menos cinco años en algún momento de su vida previo al nacimiento, al menos dos de ellos fueron luego de cumplir los 14 años de edad.

Si el padre ciudadano pasó tiempo en el extranjero en una de las tres capacidades siguientes, esto también contará para cumplir con el requisito de presencia física:

  • Sirviendo honorablemente en las Fuerzas Armadas de EE.UU.
  • Empleado del Gobiernode EE.UU.
  • Empleado de ciertas organizaciones internacionales.

Además, también contará el tiempo que ha pasado en el extranjero el padre ciudadano de EE.UU. mientras fue hijo/a soltero/a y miembro de la composición familiar de una persona que cumpla con cualquiera de los requisitos mencionados arriba.

Si el hijo/a nació fuera de matrimonio, vea las Preguntas y Respuestas N-600: FAQ(en inglés).

Uno de los padres es ciudadano de EE.UU. al momento del nacimiento y éste ocurre antes del 14 de noviembre de 1986 pero después del 10 de octubre de 1952.

Los padres estaban casados al momento del nacimiento y el padre ciudadano estadounidense estaba físicamente presente en EE.UU. o sus territorios por un período de al menos diez años en algún momento de su vida previo al nacimiento, y al menos cinco de ellos fueron luego de cumplir los 14 años de edad. 

Si el padre ciudadano pasó tiempo en el extranjero en una de las tres capacidades siguientes, esto también contará para cumplir con el requisito de presencia física:

  • Sirviendo honorablemente en las Fuerzas Armadas de EE.UU.
  • Empleado del Gobierno de EE.UU.
  • Empleado de ciertas organizaciones internacionales.

Además, también contará el tiempo que ha pasado en el extranjero el padre ciudadano de EE.UU. mientras fue hijo/a soltero/a y miembro de la composición familiar de una persona que cumpla con cualquiera de los requisitos mencionados arriba.

Si el hijo/a nació fuera de matrimonio, vea las Preguntas y Respuestas N-600: FAQ(en inglés).

Ciudadanía de EE.UU. automática al nacer- pero antes de la edad de cumplir los 18 años:

Un hijo nacido fuera de EE.UU. es ciudadano al nacer…

Y...

El hijo/a tenía menos de 18 años o no había nacido a la fecha del 27 de febrero de 2001

Al menos un padre es ciudadanos de EE.UU., el hijo/a tiene menos de 18 años y reside en EE.UU. y está bajo la custodia legal y física del padre ciudadano estadounidense, de conformidad con los criterios de admisión legal para la residencia permanente.

El hijo/a tenía menos de 18 años entre las fechas del 24 de diciembre de 1952 y el 26 de febrero de 2001 

El menor residía en EE.UU. con una Tarjeta Verde y ambos padres se hicieron ciudadanos antes del cumpleaños número 18 del hijo/a o :

  • Si uno de los padres murió, el padre sobreviviente se hizo ciudadano antes del hijo/a cumplir los 18 años de edad
  • Si los padres se separaron legalmente, el padre con la custodia legal y física se hizo ciudadano antes del hijo/a cumpliera los 18 años de edad.
  • Si el menor nació fuera de matrimonio y no se estableció la paternidad legítima, pero la madre se hizo ciudadana antes de que el hijo/a cumpliera los 18 años de edad.

NOTA: El orden en que el hijo/a cumpla con las condiciones no es importante, siempre y cuando lo haga antes de cumplir los 18 años.

El hijo/a fue adoptado por un ciudadano de EE.UU.

El hijo/a reside legalmente en EE.UU. bajo la custodia física y legal del padre ciudadano estadounidense y cumple con las siguientes condiciones luego de la fecha del 27 de 2001 pero antes de cumplir los 18 años:

  • El padre adoptivo adoptó el hijo/a antes de su cumpleaños número 16 años (o en algunos casos, los 18 años) y tenía custodia legal del menor y residió con éste por lo menos por dos años 
  • El hijo/a fue admitido a EE.UU. como huérfano (IR-3) o adoptado bajo la Convención (IH-3), y su adopción fue completada totalmente por los padres adoptivos en el extranjero
  • El hijo/a fue admitido a EE.UU. como huérfano (IR-4) o adoptado bajo la Convención (IH-4)  que vino a EE.UU. a ser adoptado y sus padres adoptivos completaron la adopción del menor antes de su cumpleaños número 18.

Para solicitar un Certificado de Ciudadanía, por favor vea nuestra página del Formulario N-600 ylea las instrucciones cuidadosamente para asegurarse de que cualifica.

Para más información, vea la Página de Preguntas y Respuestas N-600: FQA(en inglés).



Ultima revisión: 06/20/2012