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Cambio de mi estatus de no-inmigrante

Si usted desea cambiar el propósito de su visita mientras se encuentra en los Estados Unidos, usted (o en algunos casos su empleador) debe presentar una solicitud a USCIS mediante el formulario apropiado antes de que caduque su autorización de estadía.  Por ejemplo, si usted llegó aquí como turista pero desea quedarse como estudiante, debe presentar una solicitud para cambiar su estatus. Le recomendamos que presente la solicitud tan pronto determine que necesita cambiar a una categoría diferente de no-inmigrante.

Hasta que usted reciba la aprobación de USCIS, no asuma que el cambio de estatus ha sido aprobado, y no cambie su actividad en los Estados Unidos.  Por ejemplo, si en la actualidad usted es un turista no inmigrante, no empiece a asistir a clases como estudiante hasta que haya recibido la autorización de USCIS para cambiar su estatus. Si usted no mantiene su estatus de no-inmigrante, se le puede prohibir que vuelva a ingresar como visitante y/o puede ser expulsado (deportado) de los Estados Unidos. Su estatus autorizado y la fecha en que caduca su estatus se encuentran en la parte inferior derecha de su Formulario I-94, Registro de llegada/salida de no-inmigrante.

En general, usted puede solicitar un cambio de estatus de no-inmigrante si fue admitido legalmente en los Estados Unidos con una visa de no-inmigrante,  si su estatus de no-inmigrante sigue siendo válido, no ha violado las condiciones de su estatus, y no ha cometido ningún crimen que lo haga inelegible.

Usted no necesita solicitar un cambio de su estatus de no-inmigrante si fue admitido en los Estados Unidos por razones de negocio (Visa categoría B-1) y desea permanecer en los Estados Unidos por razones de placer antes de que caduque su autorización de estadía.

Usted no necesita solicitar un cambio de su estatus de no-inmigrante si desea estudiar en los Estados Unidos, y es el cónyuge o hijo de alguien que se encuentra actualmente en los Estados Unidos bajo alguna de las categorías de visa para no-inmigrante siguientes:

  • Diplomáticos y otros funcionarios de gobierno, y empleados (Visa categoría A)
  • Comercio internacional e inversionistas (Visa E)Representantes de organizaciones internacionales y sus empleados (Visa G)
  • Trabajadores temporales (Visa H)
  • Representantes de medios de comunicación extranjeros (Visa I)
  • Visitantes de intercambio (Visa J)
  • Empleados transferidos dentro de una misma empresa (Visa L)
  •  Estudiantes Académicos (Visa F) o vocacionales (Visa M) (puede asistir únicamente a clases en escuela primaria o secundaria: si desea asistir a clases universitarias a tiempo completo debe solicitar un cambio de estatus).

Usted no puede solicitar un cambio de su estatus de no-inmigrante si fue admitido en los Estados Unidos bajo las siguientes categorías:

  • Programa de dispensa de visa
  • Miembro de tripulación (Visa D para no-inmigrante)
  • En tránsito por los Estados Unidos (Visa C para no-inmigrante)
  • En tránsito por los Estados Unidos sin tener una visa (TWOV)
  • Prometido de un ciudadano estadounidense o dependiente de un prometido (Visa K para no-inmigrante)
  • Informante (y familiares acompañantes) acerca de terrorismo o de crimen organizado (Visa S para no-inmigrante)

Si usted es un estudiante vocacional (M-1), no puede solicitar cambiar su estatus al de:

  •  Estudiante académico (F-1)
  • Cualquier estatus H (Trabajador temporal), si la formación que usted recibió como estudiante vocacional en los Estados Unidos le facilitó la calificación para la posición de trabajador temporal que usted desea.

Si usted es un visitante de intercambio internacional (J-1), so puede cambiar su estatus de no-inmigrante si:

  • Fue admitido en los Estados Unidos para recibir educación como graduado médico, a menos que reciba una dispensa especial.
  • Usted es un visitante de intercambio y debe cumplir con los requisitos de residencia en el extranjero, a menos que reciba una dispensa.
  • Si usted no recibe una dispensa, sólo puede solicitar cambiar a diplomático y otros funcionarios de gobierno (Visa A)  o representantes de organizaciones internacionales (Visa G)

Para información acerca de cómo solicitar, seleccione el enlace “¿Cómo presento la solicitud?” que aparece a la izquierda de la página.



Ultima revisión: 09/16/2009