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Información del país

Las condiciones del país del cual ha elegido adoptar, dictarán el proceso de adopción. El entender los procedimientos de los diferentes países es una parte importante en la selección del país de adopción.

Debido a las condiciones de los siguientes países, los procedimientos de casos se han visto afectados en forma importante.

Vietnam

En junio de 2005, los Estados Unidos y Vietnam concluyeron un convenio bilateral sobre la adopción internacional. Este convenio se venció el 1˚ de septiembre de 2008. Hasta que se llegue a un nuevo convenio bilateral, el USCIS y el Departamento de Estado (DOS, por su sigla en inglés) determinaron que es en el mejor de los intereses de los niños y sus familias no proceder con ningún nuevo caso de adopción de Vietnam solicitado después del 1˚ de septiembre de 2008.

Los Estados Unidos continúan apoyando fuertemente los esfuerzos del gobierno vietnamita para establecer un sistema de adopción apropiado con salvaguardas y protecciones confiables para los niños y sus familias. No podemos predecir cuándo se concluirá un nuevo convenio de adopción bilateral con salvaguardas adecuados para todas las partes.

Guatemala

Guatemala forma parte de la Convención de Adopción Internacional de la Haya. El Departamento de Estado determinó que Guatemala actualmente no está cumpliendo con sus obligaciones bajo la Convención. Por esta razón, los funcionarios consulares del DOS no pueden emitir el Certificado de Adopción de la Haya ni la Declaración de Custodia de la Haya que se requieren en este momento.

En vista de la incapacidad para completar el proceso de inmigración para los casos bajo el Convenio de la Haya, se incita a que los posibles padres adoptivos no presenten el Formulario I-800A, Solicitud para determinar la idoneidad para adoptar un niño de un país de la Convención, identificando a Guatemala como el país del cual intentan adoptar.

Camboya

Camboya forma parte de la Convención de Adopción Internacional de la Haya. El Departamento de Estado determinó que Camboya actualmente no está cumpliendo con sus obligaciones bajo la Convención. Por esta razón, los funcionarios consulares del DOS no pueden emitir el Certificado de Adopción de la Haya ni la Declaración de Custodia de la Haya que se requieren en este momento.

En vista de la incapacidad para completar el proceso de inmigración para los casos bajo el Convenio de la Haya, se incita a que los posibles padres adoptivos no presenten el Formulario I-800A, Solicitud para determinar la idoneidad para adoptar un niño de un país de la Convención, identificando a Camboya como el país del cual intentan adoptar.

Adicionalmente, los Estados Unidos suspendieron el proceso de petición de visa para huérfanos en Camboya el 21 de diciembre de 2001, debido a la incapacidad para verificar que cualquier niño camboyano en particular es un “huérfano” como lo definen las leyes de inmigración de los EE.UU. Es importante notar que esta suspensión permanece en vigor para cualquier Formulario I-600, Petición para clasificar a un huérfano como familiar directo, que se haya presentado antes del 1° de abril de 2008.

Condiciones generales del país

El DOS ha dedicado una sección importante de su sitio Web de adopción internacional a la información de países. Vea el enlace "Información de países del Departamento de Estado" que aparece a la derecha de la página para encontrar más información sobre:

  • si un país es participante de la Convención de Adopción de la Haya
  • una autoridad de adopción de un país específico
  • los requisitos de elegibilidad para los padres adoptivos prospecto
  • quién puede adoptar



Ultima revisión: 11/17/2009