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Visas V de no-inmigrantes

La visa V es una visa de no-inmigrante creada para permitir que las familias permanezcan juntas mientras esperan por la tramitación de las visas de inmigrantes

Criterios de elegibilidad
Si usted es un residente permanente (posee una Tarjeta verde su cónyuge, hijos (solteros y menores de 21 años de edad), o los hijos de su cónyuge (sus hijastros) pueden ser elegibles para una visa V si:

  • Usted presentó el Formulario I-130, Petición para un Pariente Extranjero, para los miembros de su familia el 21 de diciembre del 2000 o antes. Esto incluye hijos (solteros y menores de 21 años de edad) que aparecen en la petición. 
  • El familiar ha estado esperando por lo menos 3 años desde que usted presentó el Formulario I-130.
  • La visa de inmigrante no está disponible a través de una petición aprobada del Formulario I-130 o la solicitud para ajuste de condición está pendiente o la petición para visa de inmigrante está pendiente.

Tramitación de la solicitud
Si su familiar se encuentra dentro de los Estados Unidos, presente:

  •  El Formulario I-539, Solicitud para extensión o cambio de estatus de no-inmigrante, junto con el  Suplemento A, y
  • El Formulario I-693, Examen médico para extranjeros que solicitan un ajuste de estatus.

Usted puede encontrar estos formularios y sus instrucciones detalladas seleccionando los enlaces que aparecen en la parte derecha de la página.

Si su familiar se encuentra fuera de los Estados Unidos:

  • El familiar debe procesar su pedido a través de la tramitación consular. Para más información, seleccione el enlace “Visa V para cónyuge e hijos de un residente permanente legal” en la parte derecha de la página. Para más información acerca de la tramitación consular en el extranjero, seleccione el enlace “Tramitación consular” que aparece en la parte derecha de la página.



Ultima revisión: 09/10/2009