Sus Derechos de Igualdad de Oportunidad de Crédito

Las personas usan el crédito para pagar los estudios o una vivienda, un trabajo de remodelación o para comprar un auto, o para financiar un préstamo para continuar operando su negocio.

La Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission, FTC), la agencia nacional de protección del consumidor, aplica y vela por el cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidad de Crédito (Equal Credit Opportunity Act, ECOA), que prohíbe ejercer discriminación contra los solicitantes de crédito por razones de su raza, color, religión, origen nacional, sexo, estado civil, edad o por ser beneficiarios de fondos de asistencia pública.  En determinadas circunstancias, los otorgantes de crédito pueden solicitarle la mayor parte de esta información, pero no pueden utilizar estos datos para decidir si le concederán crédito o para establecer los términos de su crédito.  No todas las personas que solicitan un crédito lo consiguen ni obtienen los mismos términos y condiciones: existen algunos factores que son tomados en consideración por los prestadores para determinar su solvencia, como por ejemplo, el nivel de ingresos, gastos, deudas y antecedentes de crédito.

Cuando usted trata con compañías o personas que extienden crédito en forma regular, incluyendo bancos, compañías financieras y de préstamo, tiendas minoristas y tiendas por departamento, compañías de tarjetas de crédito y cooperativas de crédito, la ley le otorga protecciones.  Todos aquellos que participan del proceso de decisión de otorgamiento de un crédito o que establecen sus términos y condiciones, incluyendo los agentes de bienes raíces que tramitan la financiación, deben cumplir con lo dispuesto por la ley ECOA.

A continuación se resumen las disposiciones básicas de la ley ECOA.

 

Cuando usted solicita un crédito, los otorgantes...

  • No pueden desalentarlo a solicitarlo ni rechazar su solicitud por razones de raza, origen nacional, religión, sexo, estado civil, edad o por recibir ingresos provenientes de la asistencia pública.
  • No pueden tomar en consideración su raza, nacionalidad o sexo, aunque es posible que le pidan que suministre estos datos voluntariamente.  Esta información sirve para que las agencias federales puedan dar cumplimiento a las leyes antidiscriminatorias.  Un otorgante de crédito puede tomar en consideración su estatus migratorio para evaluar si usted posee un derecho de permanencia en el país que cubra el período de repago de la deuda.
  • No pueden imponerle diferentes términos y condiciones, como por ejemplo tasas de interés más altas o requerirle pagos iniciales más elevados para un préstamo basándose en su raza, color, religión, origen nacional, sexo, estado civil, edad o por recibir ingresos provenientes de la asistencia pública.
  • No pueden preguntarle si es viudo o divorciado.  Los otorgantes de crédito solamente pueden utilizar los términos casado, no casado o separado.
  • No pueden preguntarle su estado civil cuando usted solicita una cuenta separada no garantizada.  Un otorgante de crédito puede pedirle que suministre esta información si usted reside en un estado que posee un régimen de “comunidad de bienes gananciales”: Arizona, California, Idaho, Louisiana, Nevada, New Mexico, Texas, Washington y Wisconsin.  Si usted solicita crédito en cualquiera de estos estados, el otorgante puede solicitarle esta información cuando usted presenta una solicitud para abrir una cuenta conjunta o una cuenta garantizada por una propiedad.
  • No pueden solicitarle información sobre su cónyuge, excepto:
    • Si su cónyuge presenta la solicitud conjuntamente;
    • Si su cónyuge estará autorizado a utilizar la cuenta;
    • Si usted depende de los ingresos de su cónyuge o de un ingreso por pensión alimenticia o cuota de manutención de hijos de su ex cónyuge;
    • Si usted reside en un estado con un régimen de comunidad de bienes gananciales.
  • No pueden hacerle preguntas sobre su planificación familiar, por ejemplo si tiene previsto tener y criar hijos, pero sí pueden pedirle información sobre los gastos relacionados con las personas que dependen de usted.
  • No pueden preguntarle si recibe pagos en concepto de pensión alimenticia, cuota de manutención de hijos o de sustento por separación conyugal, a menos que antes le digan que usted no está obligado a suministrar esta información si usted no depende de esos ingresos para obtener crédito.  Un otorgante de crédito puede preguntarle si usted tiene obligaciones de pago de pensión alimenticia, cuotas de manutención de hijos o de sustento por separación conyugal.

Al momento de decidir si le concederán el crédito o cuando establecen sus términos y condiciones, los otorgantes de crédito...

  • No pueden tomar en consideración su raza, color, religión, origen nacional, sexo, estado civil o si es beneficiario de fondos de asistencia pública.
  • No pueden tomar en consideración su edad, excepto que:
    • Usted sea demasiado joven para firmar contratos, generalmente si es menor de 18 años;
    • Usted tenga más de 62 años y el otorgante de crédito le conceda términos favorables debido a su edad;
    • Se utilice su edad para determinar el significado de otros factores importantes para establecer su solvencia.  Por ejemplo, un otorgante de crédito podría utilizar su edad para determinar si el monto de sus ingresos se reducirá en el futuro cercano porque usted está a punto de jubilarse;
    • Se utilice dentro de un sistema de puntaje de crédito válido para favorecer a los solicitantes mayores de 62 años.  El sistema de puntaje de crédito asigna una cantidad de puntos a cada respuesta de la solicitud de crédito.  Por ejemplo, dependiendo de su edad, tiempo en el empleo podría ser calificada de diferente manera.
  • No pueden tomar en consideración si usted tiene una cuenta de línea de teléfono a su nombre, pero sí pueden considerar si tiene teléfono.
  • No pueden tomar en consideración la composición racial del vecindario donde se localiza la vivienda que usted desea comprar o refinanciar o en la cual quiere hacer trabajos de mejoras con el dinero tomado en préstamo.

Al momento de evaluar sus ingresos, los otorgantes de crédito...

  • No pueden negarse a tomar en consideración los ingresos fijos provenientes de la asistencia pública de igual manera que el resto de los ingresos.
  • No pueden reducir la ponderación de su nivel de ingresos debido a su sexo o a su estado civil.  Por ejemplo, un otorgante de crédito no puede computar el salario de un hombre al 100 por ciento y el de una mujer al 75 por ciento, ni tampoco pueden suponer que una mujer en edad reproductiva dejará de trabajar para criar a sus hijos.
  • No pueden reducir la ponderación de su nivel de ingresos o negarse a considerarlos debido a que estos provengan de un trabajo a tiempo parcial, del Seguro Social o de pensiones o anualidades.
  • No pueden negarse a tomar en consideración los pagos fijos de pensión alimenticia, cuota de manutención de hijos o de sustento por separación conyugal, pero sí pueden pedirle un comprobante que demuestre que recibe este ingreso con regularidad.

Usted también tiene los siguientes derechos...

  • Tomar un crédito bajo su nombre y apellido de soltera (María Sánchez), su nombre y el apellido de casada (María Pérez), o bajo su nombre y ambos apellidos combinados (María Sánchez Pérez).
  • Obtener un crédito sin necesidad de un firmante conjunto si cumple con los requisitos del otorgante.
  • Presentar otro firmante conjunto que no sea su cónyuge, en caso que necesite cumplir este requisito.
  • Conservar sus propias cuentas después de cambiar de nombre, estado civil, a partir de determinada edad o después de retirarse, a menos que el otorgante de crédito tenga pruebas de que usted no tiene intención o posibilidad de pagar.
  • Saber si le aceptaron o le rechazaron su solicitud de crédito dentro de los 30 días siguientes a la presentación de una solicitud debidamente completada.
  • Conocer los motivos de la denegación de su solicitud.  El otorgante debe informarle la razón específica que motivó la denegación o debe comunicarle que tiene derecho a conocer las razones si lo solicita dentro de los 60 días.  Una razón aceptable podría ser: “sus ingresos son demasiado bajos” o “no ha permanecido en el empleo por el tiempo suficiente”.  Una razón inaceptable sería “no cumple con los requisitos mínimos” porque esa información no es lo suficientemente específica.
  • Saber cuál es la razón específica que motivó que le ofrecieran términos menos favorables a los que solicitó, pero solamente si usted rechaza los términos.  Por ejemplo, si el prestador le ofrece un préstamo de un monto inferior o le aplica una tasa de interés más elevada y usted no acepta el ofrecimiento, usted tiene derecho de saber por qué le ofrecieron esos términos y condiciones. 
  • Averiguar la razón por la cual le cerraron la cuenta o el motivo por el cual se efectuaron modificaciones que causaron que su cuenta tenga términos menos favorables, excepto que la cuenta haya permanecido inactiva o que usted no haya cumplido con las condiciones de pago acordadas.

Un comentario especial para las mujeres

Frecuentemente, para conseguir crédito es necesario tener buenos antecedentes de crediticios – un registro del pago de sus facturas.  Este hecho puede perjudicar a las mujeres casadas, separadas, divorciadas o viudas.  Usualmente, existen dos razones que explican por qué las mujeres no tienen sus propios historiales de antecedentes crediticios a su nombre: o perdieron sus antecedentes de crédito cuando se casaron y cambiaron su apellido, o los otorgantes de crédito reportaron cuentas compartidas por parejas casadas pero lo hicieron solamente a nombre del marido.

Si usted es casada, separada, divorciada o viuda, establezca contacto con las compañías de informes de los consumidores locales para estar segura de que posean un registro a su nombre con toda la información relevante a sus antecedentes de pago de facturas.  Su informe de crédito contiene información sobre el lugar donde vive, su nivel de cumplimiento en el pago de sus facturas, y si ha sido demandada, arrestada o si se ha declarado en bancarrota.  Las compañías de informes de los consumidores del país les venden la información contenida en su informe a los otorgantes de crédito, aseguradores, empleadores y otros negocios que a su vez la utilizan para evaluar su solicitud de crédito, seguro, empleo o de alquiler de vivienda.

La Ley de Informe Equitativo de Crédito (Fair Credit Reporting Act, FCRA) requiere que, a su pedido, cada una de las compañías de informes de los consumidores a nivel nacional — Equifax, Experian y TransUnion — le provea cada 12 meses una copia gratuita de su informe de crédito. Para solicitar su informe de crédito, visite annualcreditreport.com, llame al 1-877-322-8228 o complete el formulario Annual Credit Report Request Form [PDF] y envíelo por correo a:
Annual Credit Report Request Service
P.O. Box 105281
Atlanta, GA 30348-5281
Tenga presente que debe completarlo en inglés.

Si sospecha que un otorgante de crédito lo ha discriminado, actúe.

  • Quéjese ante el otorgante de crédito.  A veces es posible persuadirlo de que reconsidere su solicitud.
  • Averigüe en la oficina de su Fiscal General estatal (www.naag.org) si el prestador ha incumplido las leyes estatales de igualdad de oportunidad de crédito.
  • Considere demandar al otorgante de crédito ante la corte federal de distrito.  Si usted gana la demanda, puede hacerse acreedor de un resarcimiento por daños y perjuicios, y si la corte dictamina que la conducta del otorgante de crédito fue deliberada, también puede cobrar un monto por daños punitivos.  También estará en condiciones de recuperar un monto lógico para cubrir los honorarios de su abogado y la tasa de justicia.  Usted también podría intentar ponerse en contacto con otras personas que estén en su misma situación y presentar una acción de clase colectivamente.  Un abogado puede aconsejarle cómo proceder.
  • Reporte el incumplimiento de la ley ante la agencia gubernamental correspondiente.  Si le han denegado su solicitud de crédito le deben informar el nombre y domicilio de la agencia competente. 

Varias agencias federales comparten la tarea de aplicar y velar por el cumplimiento de la ley ECOA.  Visite la Consumer Financial Protection Bureau o HelpWithMyBank.gov, un sitop web mantenido por la Oficina del Contralor de la Moneda, para responder a pregutntas frecuentes sobre cuentas de banco, seguro de depósito, tarjetas de crédito, préstamos, seguros, hipotecas, robo de identidad, cajas de depósito, y otra información sobre agencias federales que tienen responsabilidad sobre las instituciones financieras.

Etiquetas: crédito, préstamo