Es probable que conozca a personas que reciben beneficios de Seguro Social para sobrevivientes por ser viuda o viudo. En la actualidad, existen 5 millones de viudas y viudos que reciben beneficios mensuales de Seguro Social en el registro de ganancias de trabajo del cónyuge fallecido. Para muchos de esos sobrevivientes, especialmente las mujeres de edad avanzada, tales beneficios las mantienen fuera de un estado de pobreza.

  • Su viuda o viudo puede recibir:
    • beneficios reducidos a los 60 años o beneficios completos al alcanzar la plena edad de jubilación o más.
    • beneficios tan temprano como a los 50 años si está incapacitada o incapacitado Y su incapacidad comenzó antes o dentro de siete años de su muerte.

      NOTA ACLARATORIA:

      Si su viuda o viudo que cuida a sus niños recibe beneficios de Seguro Social entonces él o ella aún tiene derecho si la incapacidad comienza antes de que finalicen tales pagos o dentro de los próximos siete años.

      Una viuda o viudo, o cónyuge divorciado sobreviviente, no puede solicitar beneficios para sobrevivientes por Internet. Pero puede iniciar el proceso de solicitud al llenar el Adult Disability Report* «Informe de incapacidad para adultos» antes de comunicarse con nosotros.

    Usamos la misma definición de incapacidad tanto para viudas y viudos como para trabajadores.

    Si su viuda o viudo se vuelve a casar después de cumplir 60 años (50 años en caso de estar incapacitado), el matrimonio no afectará su derecho a recibir beneficios para sobrevivientes.

  • Su viuda o viudo que no se haya casado nuevamente puede recibir beneficios para sobrevivientes a cualquier edad si tiene a cargo el cuidado de un niño suyo menor de 16 años o de un niño incapacitado que recibe beneficios basado en su registro.

Seleccione uno de los enlaces a continuación para obtener información sobre: