La importancia del seguro de sobrevivientes del Seguro Social

La pérdida del trabajador asegurado en la familia puede ser devastadora, tanto emocional como económicamente. El Seguro Social ayuda proveyendo ingresos a las familias de los trabajadores quienes fallecen. De hecho, 98 de cada 100 niños podrían recibir beneficios si fallece uno de sus padres que trabaja. El Seguro Social paga más beneficios a niños que cualquier otro programa federal.

Esta publicación provee una visión general sobre los beneficios de sobrevivientes del Seguro Social que se pagan al cónyuge y a los niños de un trabajador fallecido. Esta publicación no tiene el propósito de responder todas las preguntas que usted pueda tener. Para informarse mejor sobre el programa de Seguro Social para sobrevivientes, visite Sobrevivientes o llame a nuestros números de teléfono gratis.

Si está trabajando...Lo que necesita saber sobre los beneficios para sobrevivientes

«Seguro de vida» del Seguro Social

Muchas personas piensan en el Seguro Social únicamente como un programa de jubilación. Parte de los impuestos de Seguro Social que usted paga es para proveer seguro para sobrevivientes a los trabajadores y sus familias. De hecho, el valor del seguro para sobrevivientes que tiene bajo el Seguro Social es probablemente mayor que el valor de su seguro de vida individual.

Es posible que cuando usted fallezca, algunos miembros de su familia tengan derecho a beneficios para sobrevivientes. Éstos incluyen viudas, viudos (al igual que viudas y viudos divorciados), niños y padres dependientes.

¿Cómo adquiero el derecho al seguro para sobrevivientes?

Mientras trabaja y paga impuestos de Seguro Social, usted gana créditos que cuentan hacia sus beneficios de Seguro Social. El número de créditos que necesita para que su familia pueda tener derecho a beneficios de Seguro Social para sobrevivientes depende en su edad cuando fallezca. Mientras más joven sea, son menos los años que necesita trabajar. Sin embargo, nadie necesita más de 10 años de trabajo para tener derecho a cualquier beneficio de Seguro Social.

Bajo una regla especial, si ha trabajado solamente un año y medio en los tres años antes de fallecer, se pueden pagar beneficios a sus niños y a su cónyuge quien cuida los niños.

¿Quién puede recibir beneficios para sobrevivientes basado en su trabajo?

  • Su viuda o viudo puede recibir beneficios completos al cumplir la plena edad de jubilación. La plena edad de jubilación para cónyuges sobrevivientes es 66 años de edad para aquellas personas que nacieron entre los años del 1945 al 1956 y aumentará gradualmente hasta los 67 años de edad para aquellas personas que nacieron después del 1962. Un cónyuge sobreviviente puede recibir beneficios reducidos tan pronto como a los 60 años de edad. Si su cónyuge sobreviviente está incapacitado, los beneficios pueden comenzar tan pronto como a los 50 años de edad. Para informarse mejor sobre los beneficios disponibles para viudas o viudos y otros sobrevivientes, visite Planificador para sobrevivientes: Protección con la que usted y su familia pueden contar.

  • Su viuda o viudo puede recibir beneficios a cualquier edad, si él o ella tiene a su cuidado a su niño que recibe beneficios de Seguro Social y es menor de 16 años o está incapacitado.

  • Sus niños solteros menores de 18 años (o hasta los 19 años si asisten a una escuela primaria o secundaria de tiempo completo) también pueden recibir beneficios. Sus niños pueden recibir beneficios a cualquier edad si se incapacitaron antes de los 22 años y continúan incapacitados. Bajo ciertas circunstancias, se les pueden pagar beneficios a sus hijastros, nietos, nietastros o niños adoptivos.

  • Sus padres dependientes pueden recibir beneficios si son mayores de 62 años de edad. (Para que sus padres tengan derecho como dependientes, usted tuvo que haber provisto por lo menos la mitad de su sustento.)

Beneficios para cónyuges sobrevivientes divorciados

Si se ha divorciado, su ex-cónyuge podría recibir beneficios si es mayor de 60 años de edad (50-59 años de edad si está incapacitado) si su matrimonio duró por lo menos 10 años. Sin embargo, su ex-cónyuge no tiene que cumplir con el requisito de los 10 años de matrimonio si él o ella tiene a su cuidado a su niño quién es menor de 16 años o quién está incapacitado y que también tenga derecho a beneficios basado en el registro de trabajo de usted. El niño tiene que ser el hijo natural o legalmente adoptado de su ex-cónyuge.

Los beneficios para sobrevivientes que se le pagan a un cónyuge divorciado que cumple con los requisitos de edad o incapacidad de una viuda o viudo no afectarán la cantidad para los otros sobrevivientes que reciben beneficios en el registro del trabajador. Sin embargo, si usted es la madre o el padre sobreviviente divorciado que tiene a su cuidado un niño del trabajador, y el niño es menor de 16 años o está incapacitado, sus beneficios sí afectarán la cantidad de los beneficios de las otras personas en el registro del trabajador.

¿Cuánto son los beneficios?

La cantidad de beneficios que su familia puede recibir del Seguro Social depende del promedio de sus ganancias vitalicias. Eso significa que mientras más haya ganado, más altos serán sus beneficios.

Debe revisar su Declaración del Seguro Social, la cual se envía a trabajadores de 60 años de edad y mayores quienes no están recibiendo beneficios de Seguro Social. Si es un trabajador mayor de 18 años de edad, puede obtener una Declaración por Internet. La Declaración le da una estimación de los beneficios de sobrevivientes que se podrían pagar, al igual que una estimación de los beneficios por jubilación e incapacidad y otra información importante. Para crear una cuenta por Internet para revisar su Declaración, visite nuestro sitio de Internet en Obtenga su Declaración del Seguro Social por Internet.

Pago global por muerte

Hay un pago global de $255 que se puede hacer cuando usted fallezca si ha trabajado lo suficiente. Este pago solamente puede hacerse a su cónyuge o niño, si cumplen con ciertos requisitos.

Cuando un familiar fallece... Lo que necesita saber sobre los beneficios para sobrevivientes

¿Cómo solicito beneficios?

Si actualmente no está recibiendo beneficios de Seguro Social actualmente

Debe solicitar los beneficios para sobrevivientes inmediatamente porque, en algunos casos, los beneficios se pagarán desde el momento en que los solicitó y no desde la fecha en que el trabajador falleció.

Puede solicitar los beneficios por teléfono o en cualquier oficina de Seguro Social. Necesitaremos cierta información para procesar su solicitud, pero no se demore en solicitar si no tiene todo lo necesario. Le ayudaremos a obtener lo que necesite. Necesitaremos documentos originales o copias certificadas por la agencia que los emitió.

La información que necesitamos incluye:

  • Prueba de defunción —ya sea de la funeraria o la acta de defunción;
  • Su número de Seguro Social y el del trabajador fallecido;
  • Su partida de nacimiento;
  • Su certificado de matrimonio si usted es viuda o viudo;
  • Su decreto de divorcio si está solicitando como una viuda o viudo divorciado;
  • Los números de Seguro Social si los tiene, y las partidas de nacimiento de los niños dependientes;
  • Los formularios W-2 o declaración de impuestos de negocio propio del año más reciente del trabajador fallecido; y
  • El nombre de su banco y su número de cuenta para que sus beneficios puedan ser depositados directamente en su cuenta.

Si ya recibe beneficios de Seguro Social

Si ya recibe beneficios como cónyuge bajo el registro de trabajo de su cónyuge, cambiaremos sus pagos a beneficios para sobrevivientes cuando nos informe sobre la muerte. Nos comunicaremos con usted si necesitamos más información.

Si recibe beneficios bajo su propio registro de trabajo, lláme o visítenos para verificar si puede recibir más dinero como viuda o viudo. Si es así, recibirá una combinación de beneficios igual a la cantidad más alta. Tendrá que llenar una solicitud para cambiar a beneficios para sobrevivientes, y tendremos que ver la acta de defunción de su cónyuge.

¿Cuánto recibiré?

La cantidad de sus beneficios se basa en las ganancias de la persona fallecida. Mientras más haya pagado el trabajador al Seguro Social, más altos serán sus beneficios.

El Seguro Social usa la cantidad básica de beneficio del trabajador fallecido y calcula el porcentaje que le corresponde a los sobrevivientes. El porcentaje depende en la edad del sobreviviente y su relación con el trabajador. Si el trabajador fallecido recibía beneficios reducidos, su beneficio como sobreviviente se basará en esa cantidad. Algunos ejemplos típicos son:

  • Una viuda o viudo, quien ha cumplido su plena edad de jubilación o mayor, por lo general recibe el 100 por ciento de los beneficios básicos del trabajador;

  • Una viuda o viudo mayor de 60 años de edad, pero quien todavía no ha cumplido su plena edad de jubilación, recibe aproximadamente del 71 al 99 por ciento de los beneficios básicos del trabajador; o

  • Una viuda o viudo de cualquier edad, con un niño menor de 16 años a su cuidado, recibe el 75 por ciento de los beneficios del trabajador.

  • Los niños reciben el 75 por ciento de los beneficios del trabajador.

Beneficio máximo para la familia

Hay un límite en la cantidad de dinero que se le puede pagar a usted y a otros miembros de su familia cada mes. El límite varía, pero por lo general es entre 150 a 180 por ciento de la cantidad del beneficio de la persona fallecida.

Pensiones de empleos que no están cubiertos por el Seguro Social

Si recibe una pensión de un trabajo donde pagó impuestos de Seguro Social, esa pensión no afectará sus beneficios de Seguro Social. Sin embargo, si recibe una pensión de un trabajo que no está cubierto por el Seguro Social —por ejemplo, servicio civil federal, algunos trabajos por el gobierno estatal o municipal, o trabajo en un país extranjero— su beneficio de Seguro Social podría ser reducido.

Para informarse mejor, pida la publicación titulada, Ajuste por pensión del gobierno (publicación número 05-10907), para los trabajadores gubernamentales que pueden tener derecho a beneficios de Seguro Social bajo el registro de ganancias de un cónyuge; y Eliminación de ventaja imprevista (publicación número 05-10945),para las personas que trabajaron en otro país o para los trabajadores gubernamentales que también tienen derecho a sus propios beneficios de Seguro Social.

¿Qué pasa si trabajo?

Si usted trabaja mientras recibe beneficios de Seguro Social para sobrevivientes y aún no ha alcanzado la plena edad de jubilación, la cantidad de sus beneficios podría ser reducida si sus ganancias exceden ciertos límites. (La plena edad de jubilación era 65 años para las personas nacidas antes del 1938 pero aumentará gradualmente hasta llegar a los 67 años para las personas nacidas después del 1960.) Para averiguar cuales son los límites del año actual y cómo las ganancias sobre esos límites pueden reducir sus beneficios de Seguro Social, pida la publicación titulada, Cómo el trabajo afecta sus beneficios (publicación número 05-10969).

No hay límite de ganancias comenzando con el mes en que cumple la plena edad de jubilación.

Además, sus ganancias solo reducen sus propios beneficios, no los beneficios de los otros miembros de familia.

¿Qué pasa si me vuelvo a casar?

Por lo general, no puede recibir beneficios como viuda o viudo si se vuelve a casar antes de los 60 años de edad. Sin embargo, si se vuelve a casar después de los 60 años (o de los 50 años si está incapacitado/a), esto no le impedirá recibir pagos de beneficios basados en el trabajo de su ex-cónyuge. Además, a partir de los 62 años de edad, puede recibir beneficios en el registro de su nuevo cónyuge, si éstos serían más altos.

Su derecho de apelación

Si no está de acuerdo con la decisión que se tomó en su reclamación, puede apelarla. Para una explicación acerca de los pasos que debe tomar, pida la publicación titulada, El proceso de apelación (publicación número 05-10941).

Puede tramitar su propia apelación con ayuda gratis del Seguro Social, o puede elegir el tener un representante que lo ayude. Le podemos dar información acerca de organizaciones que pueden ayudarle a encontrar un representante. Para informarse mejor acerca de cómo seleccionar un representante, solicite la publicación titulada, Su derecho a representación (publicación número 05-10975).

Comuníquese con el Seguro Social

Nuestro sitio de Internet es un recurso valioso para obtener información sobre todos los programas del Seguro Social. Hay varias cosas que usted puede hacer por Internet.

Además de visitar nuestro sitio de Internet, también puede llamar a nuestro número gratis 1-800-772-1213. Las personas sordas o con problemas de audición pueden llamar a nuestro número TTY 1-800-325-0778.

Tratamos todas nuestras llamadas confidencialmente. Si desea el servicio en español, oprima el 2 y espere a que le atienda un agente. Podemos contestar preguntas específicas de lunes a viernes desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m. Por lo general, su tiempo de espera será más corto si nos llama después del martes. Ofrecemos servicios de intérprete gratis tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Además, ofrecemos información telefónica automatizada las 24 horas del día.

Queremos asegurarnos que usted reciba un servicio cortés y correcto. Por eso es posible que un segundo agente del Seguro Social escuche algunas llamadas.

* Servicios e información solo disponible en inglés