Ciudadanía para militares

Los miembros de las Fuerzas Armadas estadounidenses, así como ciertos veteranos, pueden ser elegibles para la naturalización tomando como base su servicio militar, bajo la Sección 328 o 329 del Acta de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). El Acta también provee beneficios de naturalización póstuma bajo la Sección 329A.

Para información acerca de ciudadanía para cónyuges o hijos de militares, vea los enlaces a la izquierda.

Requisitos Generales y Excepciones

Generalmente el servicio militar que cualifica es el que se presta dentro del Ejército de Estados Unidos (ARMY), Fuerza Naval (NAVY), la Marina Estadounidense (Marines), Guardia Costanera (Coast Guard) y ciertos componentes de la Guardia Nacional y la Reserva del Ejército. Los requisitos generales para la naturalización pueden ser minimizados o dispensados para los miembros del servicio que cualifiquen.

 



Ultima revisión: 04/01/2011



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